La Generalitat valenciana aprueba el protocolo para garantizar el derecho a la identidad de género y los alumnos transexuales o intergénero poder elegir el nombre con el que quieren que se dirijan a ellos.
También podrán elegir la indumentaria que quieren llevar o las instalaciones -vestuarios y lavabos- que deseen utilizar.
Los colegios públicos valencianos tendrán que respetar el nombre y vestuario que elijan los alumnos transexuales
Registro Civil Escuelas Justicia Y Derechos Profesores Estudiantes
Los colegios valencianos públicos -y aquellos otros que quieran sumarse-aplicarán un protocolo impulsado por la Conselleria de Educación de la Generalitat que permitirá que los alumnos transexuales o intergénero poder elegir el nombre con el que quieren que se dirijan a ellos, así como la indumentaria que quieren llevar o las instalaciones -vestuarios y lavabos- que deseen utilizar.
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha creado el protocolo de acompañamiento para garantizar el derecho a la identidad de género, la expresión de género y la intersexualidad a los centros educativos, una medida que entra desde hoy en vigor con la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Se activará en los centros educativos públicos y se podrán acoger todo el resto que lo desean.
La finalidad de este protocolo, explica la administración educativa a través de un comunicado, es "favorecer la inclusión educativa, asumir la igualdad y la diversidad como valores capitales e irrenunciables, de forma que todas las personas que conforman la comunidad educativa respetan y hagan respetar los derechos humanos". Por eso, "será imprescindible facilitar la construcción de su identidad y la participación activa en la vida del centro, de forma que sienta la pertenencia real al grupo de iguales, al centro y al entorno", añaden.
Asimismo, el protocolo "ayudará los equipos directivos y los orientadores de los centros a tratar la identidad de género, la expresión de género y la intersexualidad a los centros educativos como opciones sociales normalizadas y ayudará a prevenir casos de acoso escolar".
El conseller de Educación, Vicent Marzà, ha explicado que "la educación valenciana aspira a convertirse en un espacio de inclusión en que todas las personas que forman parte puedan desarrollar su identidad libremente y sin trabas". Por eso, "es necesario el esfuerzo conjunto de toda la comunidad educativa para reconocer y poner en valor la diversidad".
Los centros educativos elaborarán su proyecto educativo de centro, el Plan de convivencia e igualdad, y el resto de reglamentos, planes y programas de centro, desde los principios del respecto a la libertad individual hasta los derechos de identidad de genere y orientación sexual, libremente expresados por los miembros de la comunidad educativa.
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Desde el punto de vista de la organización del centro, se adecuará la documentación administrativa del centro docente en consideración al nombre y el género con que se siendo identificado el alumno o alumna, a petición de la familia o de quien ejerza la tutoría legal, cuando lo comunique por escrito, mientras el alumno o alumna sea menor de edad o no esté emancipado.
No obstante, la documentación oficial del alumno o alumna no podrá modificarse hasta que no se realizo el cambio de nombre en el Registro Civil y se traslado al centro la documentación pertinente. En cualquier caso, se priorizará el bienestar del alumnado.
Además, habrá que dirigirse al alumno o alumna por el nombre y la adscripción de genero que haya escogido y comunicado en el centro y se garantizará la libertad de vestimenta con que el alumno o alumna se sienta identificado, de acuerdo con el género expresado.
En cuanto al uso de las instalaciones del centro, estas serán utilizadas según la identidad de genero expresada, y se garantizará al alumnado el acceso a los lavabos y los vestuarios de acuerdo con la identidad de genero manifestada.
Desde el punto de vista educativo, se adoptarán todas las medidas necesarias encaminadas a garantizar el respeto hacia las personas transexuales y con intersexualidad y un trato igualitario e inclusivo.
El coordinador o la coordinadora de igualdad y convivencia supervisará todas estas actuaciones, en colaboración con el equipo directivo, el equipo orientador y el tutor o la tutora, especialmente, durante el proceso de transición de género que efectúe una persona durante su estancia al centro educativo.
Además, la Dirección General de Política Educativa promoverá procedimientos de coordinación de actuaciones y de intercambio de recursos con otros departamentos, especialmente con la dirección competente en igualdad y la dirección competente en salud sexual, orientados a la prevención, detección e intervención ante situaciones de vulnerabilidad.
ESPACIOS "LIBRES DE ACOSO"
Con todas estas medidas, "los centros educativos garantizarán un clima de seguridad, de forma que su actividad se desarrollo en espacios libres de acoso, agresión o discriminación por cualquier motivo", afirman desde la Conselleria.
Además, "todos los agentes educativos realizarán las actuaciones necesarias para la prevención, detección y erradicación de actitudes y prácticas que manifiestan prejuicios sexistas o discriminación basada en prejuicios negativos sobre la identidad de genero, los sexos biológicos no binarios o la orientación sexual", concluyen.
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También podrán elegir la indumentaria que quieren llevar o las instalaciones -vestuarios y lavabos- que deseen utilizar.
Los colegios públicos valencianos tendrán que respetar el nombre y vestuario que elijan los alumnos transexuales
Registro Civil Escuelas Justicia Y Derechos Profesores Estudiantes
Los colegios valencianos públicos -y aquellos otros que quieran sumarse-aplicarán un protocolo impulsado por la Conselleria de Educación de la Generalitat que permitirá que los alumnos transexuales o intergénero poder elegir el nombre con el que quieren que se dirijan a ellos, así como la indumentaria que quieren llevar o las instalaciones -vestuarios y lavabos- que deseen utilizar.
La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha creado el protocolo de acompañamiento para garantizar el derecho a la identidad de género, la expresión de género y la intersexualidad a los centros educativos, una medida que entra desde hoy en vigor con la publicación en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV). Se activará en los centros educativos públicos y se podrán acoger todo el resto que lo desean.
La finalidad de este protocolo, explica la administración educativa a través de un comunicado, es "favorecer la inclusión educativa, asumir la igualdad y la diversidad como valores capitales e irrenunciables, de forma que todas las personas que conforman la comunidad educativa respetan y hagan respetar los derechos humanos". Por eso, "será imprescindible facilitar la construcción de su identidad y la participación activa en la vida del centro, de forma que sienta la pertenencia real al grupo de iguales, al centro y al entorno", añaden.
Asimismo, el protocolo "ayudará los equipos directivos y los orientadores de los centros a tratar la identidad de género, la expresión de género y la intersexualidad a los centros educativos como opciones sociales normalizadas y ayudará a prevenir casos de acoso escolar".
El conseller de Educación, Vicent Marzà, ha explicado que "la educación valenciana aspira a convertirse en un espacio de inclusión en que todas las personas que forman parte puedan desarrollar su identidad libremente y sin trabas". Por eso, "es necesario el esfuerzo conjunto de toda la comunidad educativa para reconocer y poner en valor la diversidad".
Los centros educativos elaborarán su proyecto educativo de centro, el Plan de convivencia e igualdad, y el resto de reglamentos, planes y programas de centro, desde los principios del respecto a la libertad individual hasta los derechos de identidad de genere y orientación sexual, libremente expresados por los miembros de la comunidad educativa.
DOCUMENTACIÓN ADMINISTRATIVA
Desde el punto de vista de la organización del centro, se adecuará la documentación administrativa del centro docente en consideración al nombre y el género con que se siendo identificado el alumno o alumna, a petición de la familia o de quien ejerza la tutoría legal, cuando lo comunique por escrito, mientras el alumno o alumna sea menor de edad o no esté emancipado.
No obstante, la documentación oficial del alumno o alumna no podrá modificarse hasta que no se realizo el cambio de nombre en el Registro Civil y se traslado al centro la documentación pertinente. En cualquier caso, se priorizará el bienestar del alumnado.
Además, habrá que dirigirse al alumno o alumna por el nombre y la adscripción de genero que haya escogido y comunicado en el centro y se garantizará la libertad de vestimenta con que el alumno o alumna se sienta identificado, de acuerdo con el género expresado.
En cuanto al uso de las instalaciones del centro, estas serán utilizadas según la identidad de genero expresada, y se garantizará al alumnado el acceso a los lavabos y los vestuarios de acuerdo con la identidad de genero manifestada.
Desde el punto de vista educativo, se adoptarán todas las medidas necesarias encaminadas a garantizar el respeto hacia las personas transexuales y con intersexualidad y un trato igualitario e inclusivo.
El coordinador o la coordinadora de igualdad y convivencia supervisará todas estas actuaciones, en colaboración con el equipo directivo, el equipo orientador y el tutor o la tutora, especialmente, durante el proceso de transición de género que efectúe una persona durante su estancia al centro educativo.
Además, la Dirección General de Política Educativa promoverá procedimientos de coordinación de actuaciones y de intercambio de recursos con otros departamentos, especialmente con la dirección competente en igualdad y la dirección competente en salud sexual, orientados a la prevención, detección e intervención ante situaciones de vulnerabilidad.
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Además, "todos los agentes educativos realizarán las actuaciones necesarias para la prevención, detección y erradicación de actitudes y prácticas que manifiestan prejuicios sexistas o discriminación basada en prejuicios negativos sobre la identidad de genero, los sexos biológicos no binarios o la orientación sexual", concluyen.
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