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    Y Tony Canto se ha ido ,peor no sabemos a done

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    Y Tony Canto se ha ido  ,peor no sabemos a done  - Página 23 Empty Re: Y Tony Canto se ha ido ,peor no sabemos a done

    Mensaje por marapez Miér Abr 14, 2021 11:24 pm

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    Y Tony Canto se ha ido  ,peor no sabemos a done  - Página 23 Empty Re: Y Tony Canto se ha ido ,peor no sabemos a done

    Mensaje por el.loco.lucas Miér Abr 14, 2021 11:25 pm

    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes Razz

    Te repites....

    Me voy a repetir yo también: "En absoluto. De ser como tú dices, simplemente será la constatación de la corrupción de la Justicia. Porque la noma es muy clara."
    La norma no es nada clara, Los magistrados encargados de analizar el caso y resolver la causa consideran que la exclusión de Cantó y Conde de la candidatura de Díaz Ayuso a la Presidencia de la Comunidad de Madrid restringiría “indebidamente” un derecho fundamental  y, por ello, ratificarán la decisión inicial de la Junta Electoral Provincial. Ésta validó ambas candidaturas acreditando que para los dos candidatos constaba como dirección oficial Madrid. “En relación” con esta cuestión “ambos han aportado su DNI, con domicilio en Madrid”, concluyó el organismo en un acuerdo firmado por su Presidente.

    Ya, pero la norma es clara y dice que se debe estar empadronado dos meses antes de la convocatoria de elecciones.
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    Mensaje por Séneca Miér Abr 14, 2021 11:35 pm

    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes Razz

    Te repites....

    Me voy a repetir yo también: "En absoluto. De ser como tú dices, simplemente será la constatación de la corrupción de la Justicia. Porque la noma es muy clara."
    La norma no es nada clara, Los magistrados encargados de analizar el caso y resolver la causa consideran que la exclusión de Cantó y Conde de la candidatura de Díaz Ayuso a la Presidencia de la Comunidad de Madrid restringiría “indebidamente” un derecho fundamental  y, por ello, ratificarán la decisión inicial de la Junta Electoral Provincial. Ésta validó ambas candidaturas acreditando que para los dos candidatos constaba como dirección oficial Madrid. “En relación” con esta cuestión “ambos han aportado su DNI, con domicilio en Madrid”, concluyó el organismo en un acuerdo firmado por su Presidente.

    Ya, pero la norma es clara y dice que se debe estar empadronado dos meses antes de la convocatoria de elecciones.
    Para poder votar pero no para ser electo: la clave es distinguir entre la titularidad de un derecho y la posibilidad de ejercerlo: "Para resultar elegible la ley española sólo exige ser elector y, para ello, las únicas condiciones pasan por ser español mayor de edad", algo que cumplen tanto Cantó como Conde. La normativa añade que, además, "para ser elector ha de estarse empadronado en tiempo y forma" en la circunscripción territorial de la convocatoria electoral pero este extremo "no aplica como exclusión" en el caso de los elegibles. Es decir, Cantó y Conde podrán ser candidatos "aunque no puedan votar en Madrid" ni, por tanto, votarse a sí mismos.
    Además,  la ley madrileña “permite la inclusión de candidatos en las listas electorales, incluso después del cierre del censo vigente”, en base al procedimiento específico que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) prevé para “rectificar errores censales”, han apuntado varios juristas consultados por este diario.
    No en vano, estos han remarcado cómo las Instrucciones actualizadas de la Junta -"el máximo órgano" rector "en materia electoral"- apuntan a que para validar las candidaturas en listas "los incluidos en las mismas sólo tienen que aportar su DNI vigente, declarar su consentimiento para ser incluidos en las mismas y no estar incursos en ninguna causa de inegibilidad", tal como incompatibilidades o inhabilitaciones para el ejercicio del cargo.
    "A ninguno de los miembros de las listas", ni del PP ni de ningún otro partido, "se les ha pedido el certificado de empadronamiento para acreditarse", han afirmado en la misma línea de lo expuesto por la Junta Electoral Central.
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    Y Tony Canto se ha ido  ,peor no sabemos a done  - Página 23 Empty Re: Y Tony Canto se ha ido ,peor no sabemos a done

    Mensaje por el.loco.lucas Miér Abr 14, 2021 11:38 pm

    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes Razz

    Te repites....

    Me voy a repetir yo también: "En absoluto. De ser como tú dices, simplemente será la constatación de la corrupción de la Justicia. Porque la noma es muy clara."
    La norma no es nada clara, Los magistrados encargados de analizar el caso y resolver la causa consideran que la exclusión de Cantó y Conde de la candidatura de Díaz Ayuso a la Presidencia de la Comunidad de Madrid restringiría “indebidamente” un derecho fundamental  y, por ello, ratificarán la decisión inicial de la Junta Electoral Provincial. Ésta validó ambas candidaturas acreditando que para los dos candidatos constaba como dirección oficial Madrid. “En relación” con esta cuestión “ambos han aportado su DNI, con domicilio en Madrid”, concluyó el organismo en un acuerdo firmado por su Presidente.

    Ya, pero la norma es clara y dice que se debe estar empadronado dos meses antes de la convocatoria de elecciones.
    Para poder votar pero no para ser electo: la clave es distinguir entre la titularidad de un derecho y la posibilidad de ejercerlo: "Para resultar elegible la ley española sólo exige ser elector y, para ello, las únicas condiciones pasan por ser español mayor de edad", algo que cumplen tanto Cantó como Conde. La normativa añade que, además, "para ser elector ha de estarse empadronado en tiempo y forma" en la circunscripción territorial de la convocatoria electoral pero este extremo "no aplica como exclusión" en el caso de los elegibles. Es decir, Cantó y Conde podrán ser candidatos "aunque no puedan votar en Madrid" ni, por tanto, votarse a sí mismos.
    Además,  la ley madrileña “permite la inclusión de candidatos en las listas electorales, incluso después del cierre del censo vigente”, en base al procedimiento específico que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) prevé para “rectificar errores censales”, han apuntado varios juristas consultados por este diario.
    No en vano, estos han remarcado cómo las Instrucciones actualizadas de la Junta -"el máximo órgano" rector "en materia electoral"- apuntan a que para validar las candidaturas en listas "los incluidos en las mismas sólo tienen que aportar su DNI vigente, declarar su consentimiento para ser incluidos en las mismas y no estar incursos en ninguna causa de inegibilidad", tal como incompatibilidades o inhabilitaciones para el ejercicio del cargo.
    "A ninguno de los miembros de las listas", ni del PP ni de ningún otro partido, "se les ha pedido el certificado de empadronamiento para acreditarse", han afirmado en la misma línea de lo expuesto por la Junta Electoral Central.

    Pues no lo sé. No he profundizado tanto. Si es justo que esté en las listas pues que esté. Aunque empadronarse tarde no parece ser un "error censal".

    Algo tendrá que hacer después de que se le torció lo de Marte.
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    Mensaje por Séneca Miér Abr 14, 2021 11:45 pm

    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes Razz

    Te repites....

    Me voy a repetir yo también: "En absoluto. De ser como tú dices, simplemente será la constatación de la corrupción de la Justicia. Porque la noma es muy clara."
    La norma no es nada clara, Los magistrados encargados de analizar el caso y resolver la causa consideran que la exclusión de Cantó y Conde de la candidatura de Díaz Ayuso a la Presidencia de la Comunidad de Madrid restringiría “indebidamente” un derecho fundamental  y, por ello, ratificarán la decisión inicial de la Junta Electoral Provincial. Ésta validó ambas candidaturas acreditando que para los dos candidatos constaba como dirección oficial Madrid. “En relación” con esta cuestión “ambos han aportado su DNI, con domicilio en Madrid”, concluyó el organismo en un acuerdo firmado por su Presidente.

    Ya, pero la norma es clara y dice que se debe estar empadronado dos meses antes de la convocatoria de elecciones.
    Para poder votar pero no para ser electo: la clave es distinguir entre la titularidad de un derecho y la posibilidad de ejercerlo: "Para resultar elegible la ley española sólo exige ser elector y, para ello, las únicas condiciones pasan por ser español mayor de edad", algo que cumplen tanto Cantó como Conde. La normativa añade que, además, "para ser elector ha de estarse empadronado en tiempo y forma" en la circunscripción territorial de la convocatoria electoral pero este extremo "no aplica como exclusión" en el caso de los elegibles. Es decir, Cantó y Conde podrán ser candidatos "aunque no puedan votar en Madrid" ni, por tanto, votarse a sí mismos.
    Además,  la ley madrileña “permite la inclusión de candidatos en las listas electorales, incluso después del cierre del censo vigente”, en base al procedimiento específico que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) prevé para “rectificar errores censales”, han apuntado varios juristas consultados por este diario.
    No en vano, estos han remarcado cómo las Instrucciones actualizadas de la Junta -"el máximo órgano" rector "en materia electoral"- apuntan a que para validar las candidaturas en listas "los incluidos en las mismas sólo tienen que aportar su DNI vigente, declarar su consentimiento para ser incluidos en las mismas y no estar incursos en ninguna causa de inegibilidad", tal como incompatibilidades o inhabilitaciones para el ejercicio del cargo.
    "A ninguno de los miembros de las listas", ni del PP ni de ningún otro partido, "se les ha pedido el certificado de empadronamiento para acreditarse", han afirmado en la misma línea de lo expuesto por la Junta Electoral Central.

    Pues no lo sé. No he profundizado tanto. Si es justo que esté en las listas pues que esté. Aunque empadronarse tarde no parece ser un "error censal".

    Algo tendrá que hacer después de que se le torció lo de Marte.
    Que tu o yo no conozcamos las leyes en profundidad es disculpable pero en el PSOE hay gente que cobra buenos sueldos para saberlo y si actúan mal guiados por el animo de causar daño no merecen el voto de los madrileños.
    En cuestiones electorales nadie puede saber mas que la junta electoral, como en cuestiones de trafico nadie debería saber mas que la DGT.
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    Mensaje por el.loco.lucas Miér Abr 14, 2021 11:49 pm

    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes Razz

    Te repites....

    Me voy a repetir yo también: "En absoluto. De ser como tú dices, simplemente será la constatación de la corrupción de la Justicia. Porque la noma es muy clara."
    La norma no es nada clara, Los magistrados encargados de analizar el caso y resolver la causa consideran que la exclusión de Cantó y Conde de la candidatura de Díaz Ayuso a la Presidencia de la Comunidad de Madrid restringiría “indebidamente” un derecho fundamental  y, por ello, ratificarán la decisión inicial de la Junta Electoral Provincial. Ésta validó ambas candidaturas acreditando que para los dos candidatos constaba como dirección oficial Madrid. “En relación” con esta cuestión “ambos han aportado su DNI, con domicilio en Madrid”, concluyó el organismo en un acuerdo firmado por su Presidente.

    Ya, pero la norma es clara y dice que se debe estar empadronado dos meses antes de la convocatoria de elecciones.
    Para poder votar pero no para ser electo: la clave es distinguir entre la titularidad de un derecho y la posibilidad de ejercerlo: "Para resultar elegible la ley española sólo exige ser elector y, para ello, las únicas condiciones pasan por ser español mayor de edad", algo que cumplen tanto Cantó como Conde. La normativa añade que, además, "para ser elector ha de estarse empadronado en tiempo y forma" en la circunscripción territorial de la convocatoria electoral pero este extremo "no aplica como exclusión" en el caso de los elegibles. Es decir, Cantó y Conde podrán ser candidatos "aunque no puedan votar en Madrid" ni, por tanto, votarse a sí mismos.
    Además,  la ley madrileña “permite la inclusión de candidatos en las listas electorales, incluso después del cierre del censo vigente”, en base al procedimiento específico que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) prevé para “rectificar errores censales”, han apuntado varios juristas consultados por este diario.
    No en vano, estos han remarcado cómo las Instrucciones actualizadas de la Junta -"el máximo órgano" rector "en materia electoral"- apuntan a que para validar las candidaturas en listas "los incluidos en las mismas sólo tienen que aportar su DNI vigente, declarar su consentimiento para ser incluidos en las mismas y no estar incursos en ninguna causa de inegibilidad", tal como incompatibilidades o inhabilitaciones para el ejercicio del cargo.
    "A ninguno de los miembros de las listas", ni del PP ni de ningún otro partido, "se les ha pedido el certificado de empadronamiento para acreditarse", han afirmado en la misma línea de lo expuesto por la Junta Electoral Central.

    Pues no lo sé. No he profundizado tanto. Si es justo que esté en las listas pues que esté. Aunque empadronarse tarde no parece ser un "error censal".

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    Que tu o yo no conozcamos las leyes en profundidad es disculpable pero en el PSOE hay gente que cobra buenos sueldos para saberlo y si actúan mal guiados por el animo de causar daño no merecen el voto de los madrileños.
    En cuestiones electorales nadie puede saber mas que la junta electoral, como en cuestiones de trafico nadie debería saber mas que la DGT.

    Claro, pero una cosa es saber, otra es querer y otra quién te da sobres de regalo.

    Desconfío de decisiones políticas si no las veo fundamentadas. Y más si son del PP, el partido de los sobres.
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    Mensaje por el.loco.lucas Miér Abr 14, 2021 11:50 pm

    Y dicho esto me voy a dormir, que me caigo a trozos... Buenas noches a todos...
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    Mensaje por El llobu Miér Abr 14, 2021 11:57 pm

    Nolocreo escribió:Ya lo decía yo...
    Luego a dar lecciones de biología por ahí o de termodinámica o de lo que se tercie.. Neutral
    De biología el llobu también puede dar lecciones porque estudió biología. De termodinámica ya es más complicado, porque en Ciencias Biológicas se estudia sólo en Física de primero, pero ya alcanza para saber defenderse. Es lo que tiene haber estudiado, que se aprenden cosas.

    Sin embargo, tú no tienes ni repajolera idea ni de aerodinámica, ni de biología ni de termodinámica... lo que no te impide pretender dar lecciones decir barbaridades sobre cualquier tema... lo que sólo denota un diploma en deshonestidad intelectual.

    A vacilar a quien se deje.

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    Mensaje por Nolocreo Jue Abr 15, 2021 1:29 am

    Tú no estas en condiciones de dar lecciones a nadie..Evil or Very Mad
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    Mensaje por El llobu Jue Abr 15, 2021 1:42 am

    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes Razz

    Te repites....

    Me voy a repetir yo también: "En absoluto. De ser como tú dices, simplemente será la constatación de la corrupción de la Justicia. Porque la noma es muy clara."
    La norma no es nada clara, Los magistrados encargados de analizar el caso y resolver la causa consideran que la exclusión de Cantó y Conde de la candidatura de Díaz Ayuso a la Presidencia de la Comunidad de Madrid restringiría “indebidamente” un derecho fundamental  y, por ello, ratificarán la decisión inicial de la Junta Electoral Provincial. Ésta validó ambas candidaturas acreditando que para los dos candidatos constaba como dirección oficial Madrid. “En relación” con esta cuestión “ambos han aportado su DNI, con domicilio en Madrid”, concluyó el organismo en un acuerdo firmado por su Presidente.
    La norma es clarísima, tanto la nacional como la de la Comunidad de Madrid:

    Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, del Régimen Electoral General.

    Ley 11/1986, de 16 de diciembre, Electoral de la Comunidad de Madrid.

    En ambas son elegibles los ciudadanos que posean la condición de elector (Artículo 6.1 LOREG y artículo 3.1 Ley Electoral de la Comunidad de Madrid). Y en ambas, para ejercer el derecho de sufragio (que sólo lo pueden ejercer los que posean la condición de elector) es indispensable la inscripción en el censo electoral vigente (Artículo 2.2 LOREG y artículo 2.2 Ley Electoral de la Comunidad de Madrid).

    Como bien dice la LOREG (Artículo 39.1):

    "Para cada elección el Censo Electoral vigente será el cerrado el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria".

    Y ninguno de esos dos estaban censados el día primero del segundo mes anterior a la convocatoria.

    No se restringe ningún derecho fundamental, puesto que el derecho de todos los españoles es poder ser elegible sólo en una Comunidad Autónoma, y Cantó tiene el derecho fundamental de ser elegible en la Comunidad Autónoma en la que estaba censado antes del día primero del segundo mes anterior a la convocatoria, es decir, en la Comunidad Autónoma de Valencia, y no en la que le dé la gana, como pretende el Paquí Pallá.

    Y si quiere ser elegible en cualquier otra Comunidad Autónoma, tiene todo el derecho a hacerlo, empadronándose en cualquier municipio de dicha Comunidad Autónoma, con lo que quedará incluido en el Censo Electoral, pero tiene que hacerlo antes del día uno del segundo mes anterior a la convocatoria. Ése es el plazo que marca la Ley para poder ser elegible en otra Comunidad Autónoma distinta a la que se estaba empadronado, y que la Ley marque plazos no es ninguna restricción de derechos fundamentales, sino que están marcados para que un tramposo valenciano no pueda presentarse como elegible (o incluso ir a votar) en Madrid porque le ficha el partido más corrupto de Europa.

    Aportar el DNI no sirve como sustitutivo de estar inscrito en el censo con anterioridad al primer día del segundo mes anterior a la convocatoria, condición que sigue siendo indispensable para ser tanto elector como elegible, por mucho que sea un acuerdo con Rita la Cantaora. Los incumplimientos de plazos siguen sin ser errores subsanables.

    Salú y República.
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    Mensaje por El llobu Jue Abr 15, 2021 1:45 am

    Nolocreo escribió:Tú no estas en condiciones de dar lecciones a nadie..Evil or Very Mad
    A ti te daría lecciones de aerodinámica un botijo... no va a poder dártelas el llobu que fue diseñador de parapentes, encargado de fabricación y tiene título de instructor de parapente.

    Quien no está en condiciones de dar lecciones a nadie eres tú, que no tienes ni repajolera idea de lo que hablas.

    Y por eso no puedes contestar a Manué.

    A vacilar a quien se deje.

    Salú y República.
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    Mensaje por El llobu Jue Abr 15, 2021 2:11 am

    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:
    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes Razz

    Te repites....

    Me voy a repetir yo también: "En absoluto. De ser como tú dices, simplemente será la constatación de la corrupción de la Justicia. Porque la noma es muy clara."
    La norma no es nada clara, Los magistrados encargados de analizar el caso y resolver la causa consideran que la exclusión de Cantó y Conde de la candidatura de Díaz Ayuso a la Presidencia de la Comunidad de Madrid restringiría “indebidamente” un derecho fundamental  y, por ello, ratificarán la decisión inicial de la Junta Electoral Provincial. Ésta validó ambas candidaturas acreditando que para los dos candidatos constaba como dirección oficial Madrid. “En relación” con esta cuestión “ambos han aportado su DNI, con domicilio en Madrid”, concluyó el organismo en un acuerdo firmado por su Presidente.

    Ya, pero la norma es clara y dice que se debe estar empadronado dos meses antes de la convocatoria de elecciones.
    Para poder votar pero no para ser electo: la clave es distinguir entre la titularidad de un derecho y la posibilidad de ejercerlo: "Para resultar elegible la ley española sólo exige ser elector y, para ello, las únicas condiciones pasan por ser español mayor de edad", algo que cumplen tanto Cantó como Conde. La normativa añade que, además, "para ser elector ha de estarse empadronado en tiempo y forma" en la circunscripción territorial de la convocatoria electoral pero este extremo "no aplica como exclusión" en el caso de los elegibles. Es decir, Cantó y Conde podrán ser candidatos "aunque no puedan votar en Madrid" ni, por tanto, votarse a sí mismos.
    Además,  la ley madrileña “permite la inclusión de candidatos en las listas electorales, incluso después del cierre del censo vigente”, en base al procedimiento específico que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) prevé para “rectificar errores censales”, han apuntado varios juristas consultados por este diario.
    No en vano, estos han remarcado cómo las Instrucciones actualizadas de la Junta -"el máximo órgano" rector "en materia electoral"- apuntan a que para validar las candidaturas en listas "los incluidos en las mismas sólo tienen que aportar su DNI vigente, declarar su consentimiento para ser incluidos en las mismas y no estar incursos en ninguna causa de inegibilidad", tal como incompatibilidades o inhabilitaciones para el ejercicio del cargo.
    "A ninguno de los miembros de las listas", ni del PP ni de ningún otro partido, "se les ha pedido el certificado de empadronamiento para acreditarse", han afirmado en la misma línea de lo expuesto por la Junta Electoral Central.
    La norma es clara, y dice, como se puede ver en los enlaces a las leyes nacional y madrileña que puso el llobu, que se debe estar inscrito en el Censo Electoral el primer día del segundo mes anterior a la convocatoria (Censo Electoral Vigente), tanto para ser elector como para ser elegible.

    Y no hay ninguna clave que distinguir entre titularidad de un derecho y la posibilidad de ejercerlo: para resultar elegible la ley española exige ser elector, pero no se es elector si no se está inscrito en el Censo Electoral Vigente. Y claro que se aplica el mismo extremo como exclusión para ser elegible, porque para ser elegible hay que ser elector y no se es elector si no se cumplen las condiciones para serlo. Es decir: nadie puede ser elegible sin ser elector, ni Cantó ni nadie.

    Además, la ley madrileña permite la inclusión de candidatos en las listas electorales después del cierre del Censo Electoral Vigente, pero sólo en aquellos casos que los incluibles no aparecieran en el Censo Electoral Vigente por error del Censo Electoral Vigente, no porque no estuvieran inscritos en el Censo Electoral Vigente. Y para subsanar ese error tienen que aportar la documentación de la que dispongan para demostrar que el Censo Electoral Vigente era erróneo.

    Y las meteduras de pata de la Junta Electoral sólo son problemas para la Junta Electoral, y no pueden contradecir una ley ni saltársela, por más que a los que se ciscan continuamente en las leyes (el Paquí Pallá) les gustaría que lo pudieran hacer.

    Presentar el DNI sigue sin ser sustitutivo de estar inscrito en el censo con anterioridad al primer día del segundo mes anterior a la convocatoria, condición que sigue siendo indispensable para ser tanto elector como elegible. Y los incumplimientos de plazos siguen sin ser errores subsanables.

    Que no se pida el certificado de empadronamiento sólo significa que quien debe hacerlo no hace su trabajo. Y que no te pidan papeles no quiere decir que no debas tenerlos cuando la ley lo exige.

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    Mensaje por Séneca Jue Abr 15, 2021 1:47 pm

    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:
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    el.loco.lucas escribió:
    Séneca escribió:
    La norma no es nada clara, Los magistrados encargados de analizar el caso y resolver la causa consideran que la exclusión de Cantó y Conde de la candidatura de Díaz Ayuso a la Presidencia de la Comunidad de Madrid restringiría “indebidamente” un derecho fundamental  y, por ello, ratificarán la decisión inicial de la Junta Electoral Provincial. Ésta validó ambas candidaturas acreditando que para los dos candidatos constaba como dirección oficial Madrid. “En relación” con esta cuestión “ambos han aportado su DNI, con domicilio en Madrid”, concluyó el organismo en un acuerdo firmado por su Presidente.

    Ya, pero la norma es clara y dice que se debe estar empadronado dos meses antes de la convocatoria de elecciones.
    Para poder votar pero no para ser electo: la clave es distinguir entre la titularidad de un derecho y la posibilidad de ejercerlo: "Para resultar elegible la ley española sólo exige ser elector y, para ello, las únicas condiciones pasan por ser español mayor de edad", algo que cumplen tanto Cantó como Conde. La normativa añade que, además, "para ser elector ha de estarse empadronado en tiempo y forma" en la circunscripción territorial de la convocatoria electoral pero este extremo "no aplica como exclusión" en el caso de los elegibles. Es decir, Cantó y Conde podrán ser candidatos "aunque no puedan votar en Madrid" ni, por tanto, votarse a sí mismos.
    Además,  la ley madrileña “permite la inclusión de candidatos en las listas electorales, incluso después del cierre del censo vigente”, en base al procedimiento específico que la Ley Orgánica de Régimen Electoral General (LOREG) prevé para “rectificar errores censales”, han apuntado varios juristas consultados por este diario.
    No en vano, estos han remarcado cómo las Instrucciones actualizadas de la Junta -"el máximo órgano" rector "en materia electoral"- apuntan a que para validar las candidaturas en listas "los incluidos en las mismas sólo tienen que aportar su DNI vigente, declarar su consentimiento para ser incluidos en las mismas y no estar incursos en ninguna causa de inegibilidad", tal como incompatibilidades o inhabilitaciones para el ejercicio del cargo.
    "A ninguno de los miembros de las listas", ni del PP ni de ningún otro partido, "se les ha pedido el certificado de empadronamiento para acreditarse", han afirmado en la misma línea de lo expuesto por la Junta Electoral Central.

    Pues no lo sé. No he profundizado tanto. Si es justo que esté en las listas pues que esté. Aunque empadronarse tarde no parece ser un "error censal".

    Algo tendrá que hacer después de que se le torció lo de Marte.
    Que tu o yo no conozcamos las leyes en profundidad es disculpable pero en el PSOE hay gente que cobra buenos sueldos para saberlo y si actúan mal guiados por el animo de causar daño no merecen el voto de los madrileños.
    En cuestiones electorales nadie puede saber mas que la junta electoral, como en cuestiones de trafico nadie debería saber mas que la DGT.

    Claro, pero una cosa es saber, otra es querer y otra quién te da sobres de regalo.

    Desconfío de decisiones políticas si no las veo fundamentadas. Y más si son del PP, el partido de los sobres.
    El PSOE cuando quiere bien que incumple la ley electoral y lo sabian:
    La lona que el candidato socialista al 4M, Ángel Gabilondo, desplegó el pasado 2 de abril en Callao ha sido retirada este miércoles, después de que la Junta Electoral Provincial de Madrid exigiera hacerlo por incumplimiento de la Ley Electoral.
    En su resolución, el órgano regulador electoral señalaba que el cartel «en su conjunto implica un acto de propaganda electoral» y requería la retirada del mismo hasta el arranque oficial de la campaña electoral que se producirá el próximo domingo 18 de abril, aunque evitaba abrir expediente sancionador al partido.
    A pesar de que la resolución de la Junta admitía que no existe una petición directa y expresa de voto, apreciaba «que se debe atender a una consideración general de dicho cartel y la impresión que causa en un observador medianamente normal».
    En la enorme lona que cubría dos fachadas del Palacio de la Prensa, en la plaza de Callao de Madrid, podía verse una imagen en blanco y negro de Gabilondo sobre el eslogan «programa en serio» y, al lado, las siluetas de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso; el líder del PP, Pablo Casado; la candidata de Voz, Rocío Monasterio; el líder de Vox, Santiago Abascal, y el exlíder nacional de Ciudadanos Albert Rivera, acompañados de la frase «Tras la foto, ¿el Gobierno de Colón?».
    La secretaria general del PP de Madrid y candidata número 3 a la Asamblea, Ana Camins, acusó al PSOE de querer «embarrar» la precampaña con actos como el despliegue de la lona porque «tema confrontar las ideas». “Basta ya de esta sucia campaña, señores Sánchez y Gabilondo. Madrid es Libertad”, agregó tras conocer la resolución de la Junta Electoral Provincial el pasado viernes, realizada a instancias del recurso presentado por el Partido Popular.
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    Mensaje por El llobu Jue Abr 15, 2021 5:03 pm

    Ups...:

    Sin chaqueta azul: el Constitucional confirma que Cantó se queda fuera de las listas del PP

    El tribunal considera que Cantó no cumple los requisitos que exige la ley electoral.
    Finalmente, Toni Cantó no podrá concurrir como número 5 a las listas del PP madrileño. El exportavoz valenciano de Ciudadanos y el exalcalde de Toledo, Agustín Conde, no podrán presentarse a las elecciones madrileñas. El Tribunal Constitucional considera que Cantó y Conde no cumplen los requisitos que exige la ley electoral.

    El Tribunal Constitucional ha dado por buenos los argumentos del PSOE y de la Fiscalía, con lo que el PP se queda sin margen de maniobra y la expulsión de ambos políticos de sus listas. Considera que Cantó y Conde no cumplen los requisitos que exige la ley electoral. La decisión se ha tomado gracias al voto de calidad del presidente dado que había empate entre los seis magistrados de la Sección Primera, según informa El Confidencial.

    Este domingo, el Juzgado de lo Contencioso 5 de Madrid admitió el recurso del PSOE contra la presencia en las listas electorales del ex de Ciudadanos y del que fuera alcalde de Toledo. El PP recurrió esta sentencia alegando que ambos habían sido discriminados frente al resto de candidatos, postura que este miércoles fue rechazada por la Fiscalía: considera que ambos vulneran la ley electoral al haberse empadronado en Madrid a finales de marzo y no demostrar «de modo fehaciente» que reúnen las condiciones necesarias para ser candidatos.


    Y ahora vamos a repasar (y corregir) un par de barbaridades que se han dicho en el hilo:

    Séneca escribió:Que tu o yo no conozcamos las leyes en profundidad es disculpable pero en el PSOE hay gente que cobra buenos sueldos para saberlo y si actúan mal guiados por el animo de causar daño no merecen el voto de los madrileños.
    En cuestiones electorales nadie puede saber mas que la junta electoral, como en cuestiones de trafico nadie debería saber mas que la DGT.
    La realidad acabó siendo que "pero que en el Paquí Pallá hay gente que cobran buenos sueldos para saberlo y si actúan mal guiados por el ánimo de causar daño, no merecen el voto de los madrileños.

    En cuestiones electorales nadie puede saltarse las Leyes Electorales, ni la Junta Electoral, ni el Paquí Pallá, ni Toni Cantó... como en cuestiones de tráfico, nadie puede saltarse las leyes de tráfico.

    Séneca escribió:Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes Razz

    Queda claro que tus fuentes no tienen ni puta idea de lo que hablan ni saben entender lo que leen... y si la tienen sólo son unos bocachanclas intoxicadores que sólo pretenden engañar a quien se deje.

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    Mensaje por marapez Jue Abr 15, 2021 5:32 pm

    Al filósofo se le secó la fuente.

    Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
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    Mensaje por Séneca Jue Abr 15, 2021 7:00 pm

    marapez escribió:Al filósofo se le secó la fuente.

    Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
    Asi es, sin embargo, la decisión no ha sido fácil de tomar, pues ha tenido que ser el presidente Juan José Gonzáles Rivas, el que ha inclinado la balanza con su voto de calidad. La Sala de Garantías se ha mostrado totalmente dividida a la hora de alcanzar un acuerdo. De hecho, había un empate técnico de tres a tres, por lo que ha tenido que decidir González Rivas.
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    Mensaje por marapez Jue Abr 15, 2021 7:04 pm

    Por cierto, nada sospechoso de rojo-bolivariano.
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    Mensaje por Z Jue Abr 15, 2021 7:10 pm

    '

    Yo me pregunto: tanto miedo tiene la "izquierda" al poder de atracción de votos de Toni Cantó?
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    Mensaje por El llobu Jue Abr 15, 2021 7:52 pm

    Séneca escribió:
    marapez escribió:Al filósofo se le secó la fuente.

    Mañana parece que el Constitucional dará por buenas las candidaturas de Canto y Conde, así me lo han confirmado mis fuentes [Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]
    Asi es, sin embargo, la decisión no ha sido fácil de tomar, pues ha tenido que ser el presidente Juan José Gonzáles Rivas, el que ha inclinado la balanza con su voto de calidad. La Sala de Garantías se ha mostrado totalmente dividida a la hora de alcanzar un acuerdo. De hecho, había un empate técnico de tres a tres, por lo que ha tenido que decidir González Rivas.

    Sí, verás:

    Sin chaqueta azul: el Constitucional confirma que Cantó se queda fuera de las listas del PP

    A llorar al rincón.

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    Mensaje por El llobu Jue Abr 15, 2021 7:54 pm

    Z escribió:'

    Yo me pregunto: tanto miedo tiene la "izquierda" al poder de atracción de votos de Toni Cantó?
    No sabe el llobu si has leído a la pececina, que lo ha indicado muchas veces. Toni Cantó no mete miedo a nadie, porque sólo es un payaso patético cuya única cualidad es acabar con los partidos en los que ingresa. Pero la legalidad es la legalidad... aunque eso te suene a chino.

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    Mensaje por Z Jue Abr 15, 2021 8:02 pm

    El llobu escribió:
    Z escribió:'

    Yo me pregunto: tanto miedo tiene la "izquierda" al poder de atracción de votos de Toni Cantó?
    No sabe el llobu si has leído a la pececina, que lo ha indicado muchas veces. Toni Cantó no mete miedo a nadie, porque sólo es un payaso patético cuya única cualidad es acabar con los partidos en los que ingresa. Pero la legalidad es la legalidad... aunque eso te suene a chino.

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    Entonces deberiais alegraros de que entre en el PP  Smile
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    Mensaje por marapez Jue Abr 15, 2021 8:26 pm

    Si... yo estoy encantada.  cheers

    A El llobu le gusta esta publicaciòn

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    Mensaje por Séneca Jue Abr 15, 2021 8:57 pm

    marapez escribió:Por cierto, nada sospechoso de rojo-bolivariano.

    Eso es también cierto, creo que esta ideológicamente mas cerca del PP que del PSOE, para algunos incluso es ultraconservador.
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    Mensaje por El llobu Vie Abr 16, 2021 2:01 am

    Z escribió:
    El llobu escribió:
    Z escribió:'

    Yo me pregunto: tanto miedo tiene la "izquierda" al poder de atracción de votos de Toni Cantó?
    No sabe el llobu si has leído a la pececina, que lo ha indicado muchas veces. Toni Cantó no mete miedo a nadie, porque sólo es un payaso patético cuya única cualidad es acabar con los partidos en los que ingresa. Pero la legalidad es la legalidad... aunque eso te suene a chino.

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    Entonces deberiais alegraros de que entre en el PP  Smile
    Verás, nazi: ya está en el Paquí Pallá y en el Paquí Pallá se va a quedar... lo que nada tiene que ver con que no se pueda presentar a las elecciones a la Comunidad Autónoma de Madrid (Tampoco se puede presentar a esas elecciones Feijóo y está en el Paquí Pallá). Es una cuestión muy sencilla de entender.

    Haz un esfuerzo, fascista, verás como lo consigues.

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    Mensaje por Z Vie Abr 16, 2021 10:28 am

    El llobu escribió:
    Z escribió:
    El llobu escribió:
    Z escribió:'

    Yo me pregunto: tanto miedo tiene la "izquierda" al poder de atracción de votos de Toni Cantó?
    No sabe el llobu si has leído a la pececina, que lo ha indicado muchas veces. Toni Cantó no mete miedo a nadie, porque sólo es un payaso patético cuya única cualidad es acabar con los partidos en los que ingresa. Pero la legalidad es la legalidad... aunque eso te suene a chino.

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    Entonces deberiais alegraros de que entre en el PP  Smile
    Verás, nazi: ya está en el Paquí Pallá y en el Paquí Pallá se va a quedar... lo que nada tiene que ver con que no se pueda presentar a las elecciones a la Comunidad Autónoma de Madrid (Tampoco se puede presentar a esas elecciones Feijóo y está en el Paquí Pallá). Es una cuestión muy sencilla de entender.

    Haz un esfuerzo, fascista, verás como lo consigues.

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    Repito: si Cantó  hunde todos los partidos en los que se mete, debería alegraros que se meta en el PP (Partido Progre)... Y no hace falta insultarle... coño!

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