La justicia mexicana ordena garantizar una terapia con cannabis a un niño con epilepsia
EFE 15.08.2019 - 09:28h
La Suprema Corte acusa a las autoridades sanitarias de vulnerar los derechos del menor. El niño sufre de una epilepsia farmacorresistente asociada al síndrome de West.
La Suprema Corte de México resolvió este miércoles que la Secretaría de Salud y la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) vulneraron los derechos de un niño con discapacidad al no permitirle el tratamiento con cannabis y ordenó "armonizar" el uso medicinal de la marihuana. Por ello, determinó que la cartera de Salud deberá cumplir con el deber legal de regular las disposiciones en el uso terapéutico de la cannabis y sus derivados y garantizar al pequeño el tratamiento médico integral que requiere para la epilepsia que padece. En un comunicado, el máximo tribunal explicó que el menor de edad tiene un diagnóstico de epilepsia farmacorresistente asociada al síndrome de West. Para mejorar su salud, su médico le prescribió un aceite con cannabidiol (CBD), pero el pequeño generó tolerancia a la sustancia y los síntomas regresaron, por lo que le recomendaron sustituirla por una preparación con tetrahidrocannabinol (THC). Sin embargo, de acuerdo con la Corte, la Secretaría de Salud debía armonizar los reglamentos y normatividad para el uso de cannabis exclusivamente para fines médicos, lo cual no hizo en el plazo de 180 días hábiles que tenía para hacerlo. Juicio contra el Gobierno Debido a ello, los familiares del pequeño promovieron un juicio de amparo el cual fue concedido en la Segunda Sala, "debido a que la falta de cumplimiento por parte de la Secretaría de Salud constituye una omisión reglamentaria que afecta los derechos fundamentales de las personas, en especial de los menores". El organismo argumentó que la ausencia de normas que regulen el uso terapéutico de la cannabis le imposibilitó al menor acceder a un tratamiento con base en esta sustancia o planta de sus derivados dentro del país. Esto, dijo, "resta eficacia a su derecho a la salud al no establecer las condiciones necesarias para ejercerlo". Recordó que el Estado tiene la obligación de asegurar el más alto nivel posible de salud de las personas y que se debe escuchar a los pequeños en su calidad de pacientes, brindar atención médica, asignar recursos suficientes y crear políticas públicas para otorgar servicios de calidad. Más tarde, este mismo día, la Secretaría de Salud y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) anunciaron que "acatarán a cabalidad" la sentencia emitida por la Suprema Corte. Además cumplirán con el ordenamiento de garantizar que se le brinde el tratamiento médico integral que requiere el menor involucrado para su padecimiento, en absoluto respeto al derecho humano de protección de la salud por parte del Estado mexicano.
Ver más en: https://www.20minutos.es/noticia/3733635/0/mexico-ordena-garantizar-terapia-cannabis-nino-epilepsia/
La justicia mexicana ordena garantizar una terapia con cannabis a un niño con epilepsia
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EFE 15.08.2019 - 09:28h
La Suprema Corte acusa a las autoridades sanitarias de vulnerar los derechos del menor. El niño sufre de una epilepsia farmacorresistente asociada al síndrome de West.
La Suprema Corte de México resolvió este miércoles que la Secretaría de Salud y la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) vulneraron los derechos de un niño con discapacidad al no permitirle el tratamiento con cannabis y ordenó "armonizar" el uso medicinal de la marihuana. Por ello, determinó que la cartera de Salud deberá cumplir con el deber legal de regular las disposiciones en el uso terapéutico de la cannabis y sus derivados y garantizar al pequeño el tratamiento médico integral que requiere para la epilepsia que padece. En un comunicado, el máximo tribunal explicó que el menor de edad tiene un diagnóstico de epilepsia farmacorresistente asociada al síndrome de West. Para mejorar su salud, su médico le prescribió un aceite con cannabidiol (CBD), pero el pequeño generó tolerancia a la sustancia y los síntomas regresaron, por lo que le recomendaron sustituirla por una preparación con tetrahidrocannabinol (THC). Sin embargo, de acuerdo con la Corte, la Secretaría de Salud debía armonizar los reglamentos y normatividad para el uso de cannabis exclusivamente para fines médicos, lo cual no hizo en el plazo de 180 días hábiles que tenía para hacerlo. Juicio contra el Gobierno Debido a ello, los familiares del pequeño promovieron un juicio de amparo el cual fue concedido en la Segunda Sala, "debido a que la falta de cumplimiento por parte de la Secretaría de Salud constituye una omisión reglamentaria que afecta los derechos fundamentales de las personas, en especial de los menores". El organismo argumentó que la ausencia de normas que regulen el uso terapéutico de la cannabis le imposibilitó al menor acceder a un tratamiento con base en esta sustancia o planta de sus derivados dentro del país. Esto, dijo, "resta eficacia a su derecho a la salud al no establecer las condiciones necesarias para ejercerlo". Recordó que el Estado tiene la obligación de asegurar el más alto nivel posible de salud de las personas y que se debe escuchar a los pequeños en su calidad de pacientes, brindar atención médica, asignar recursos suficientes y crear políticas públicas para otorgar servicios de calidad. Más tarde, este mismo día, la Secretaría de Salud y la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) anunciaron que "acatarán a cabalidad" la sentencia emitida por la Suprema Corte. Además cumplirán con el ordenamiento de garantizar que se le brinde el tratamiento médico integral que requiere el menor involucrado para su padecimiento, en absoluto respeto al derecho humano de protección de la salud por parte del Estado mexicano.
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