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| ¿LEONOR PUEDE SER REINA DE ESPAÑA? Akra-Leuke- Profesional
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por Akra-Leuke Mar Oct 01, 2019 11:11 pm . . ¿LEONOR PUEDE SER REINA DE ESPAÑA? Hago la pregunta de manera general todos ustedes, y de acuerdo con la actual ley de leyes, no si les gustaría o no. No experto en la Constitución ni en nada de leyes, creo que sin cambiar ésta no es posible, salvo que los actuales reyes tengan un hijo varón, cosa al parecer improbable, y que éste pasara a ser el heredero. Sin embargo para que Leonor fuera reina habría que cambiar la Inmaculada Constitución, la que no se puede cambiar en beneficio o deseo de una parte, mayor o menor, de los ciudadanos, que son quienes deben asumirla, sin embargo cuando ha sido necesaria para contentar a Bruselas, creo que sí se cambió, me refiero al art. 135. ¿Por qué entonces negar la posibilidad de un cambio, y sí cambiarla con nocturnidad en parte, y seguramente abocados al cambio, porque la corona interesa al poder económico y político que se mantenga? ¿No se pondrán pegas si llega el momento? ¿Que es pronto para debatir el tema? El tiempo pasa volando, ténganlo en cuenta.. El llobu- V.I.P.
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por El llobu Miér Oct 02, 2019 12:14 am La constitución es muy sencilla, sólo hay que leerla y no hace falta ser un experto para hacerlo.
Dice lo siguiente:
Artículo 57
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos. 2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España. 3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España. 4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes. 5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Es decir: Leonor no será reina si tiene un hermano varón, a no ser que sea reformada la constitución. Si no lo tiene será reina... si antes los verdaderos demócratas no instauran la república.
El llobu no es responsable de las gilipolleces de la Constitución en este Título como la cuestión que establece el punto cuatro.
Salú y República. CortoCortito- V.I.P.
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por CortoCortito Miér Oct 02, 2019 1:15 am El llobu escribió:La constitución es muy sencilla, sólo hay que leerla y no hace falta ser un experto para hacerlo.
Dice lo siguiente:
Artículo 57
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos. 2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España. 3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España. 4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes. 5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Es decir: Leonor no será reina si tiene un hermano varón, a no ser que sea reformada la constitución. Si no lo tiene será reina... si antes los verdaderos demócratas no instauran la república.
El llobu no es responsable de las gilipolleces de la Constitución en este Título como la cuestión que establece el punto cuatro.
Salú y República. En el punto 2 cuando se refiere al hecho que origine el llamamiento ( la jubilación del otro y la entronización de su padre) deja claro que Leonor ya es heredera, por lo que si naciera un varón este ya no afectaría a sus derechos, si hubiera nacido antes de ser nombrada Princesa de Asturias si habría habido un problema o en caso de incapacidad o muerte de esta ( que dado lo frecuentes que son los accidentes de caza en esta familia no hay que descartarlo) si naciera un nuevo varón en la familia ya que accedería por delante de su hermana. El problema lo tendrán llegado el caso los herederos de Leonor, pero una vez su padre asumió el trono y ella el principado no hay problema alguno para que reine. El autor de este mensaje ha sido baneado del foro - Ver el mensaje dartakan- Experto/a
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por dartakan Miér Oct 02, 2019 1:40 pm El llobu- V.I.P.
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Edad : 63 Localización : La llobera (aquí si estás dentro, allí si estás fuera)
por El llobu Miér Oct 02, 2019 10:12 pm CortoCortito escribió: El llobu escribió:La constitución es muy sencilla, sólo hay que leerla y no hace falta ser un experto para hacerlo.
Dice lo siguiente:
Artículo 57
1. La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos. 2. El Príncipe heredero, desde su nacimiento o desde que se produzca el hecho que origine el llamamiento, tendrá la dignidad de Príncipe de Asturias y los demás títulos vinculados tradicionalmente al sucesor de la Corona de España. 3. Extinguidas todas las líneas llamadas en Derecho, las Cortes Generales proveerán a la sucesión en la Corona en la forma que más convenga a los intereses de España. 4. Aquellas personas que teniendo derecho a la sucesión en el trono contrajeren matrimonio contra la expresa prohibición del Rey y de las Cortes Generales, quedarán excluidas en la sucesión a la Corona por sí y sus descendientes. 5. Las abdicaciones y renuncias y cualquier duda de hecho o de derecho que ocurra en el orden de sucesión a la Corona se resolverán por una ley orgánica.
Es decir: Leonor no será reina si tiene un hermano varón, a no ser que sea reformada la constitución. Si no lo tiene será reina... si antes los verdaderos demócratas no instauran la república.
El llobu no es responsable de las gilipolleces de la Constitución en este Título como la cuestión que establece el punto cuatro.
Salú y República. En el punto 2 cuando se refiere al hecho que origine el llamamiento ( la jubilación del otro y la entronización de su padre) deja claro que Leonor ya es heredera, por lo que si naciera un varón este ya no afectaría a sus derechos, si hubiera nacido antes de ser nombrada Princesa de Asturias si habría habido un problema o en caso de incapacidad o muerte de esta ( que dado lo frecuentes que son los accidentes de caza en esta familia no hay que descartarlo) si naciera un nuevo varón en la familia ya que accedería por delante de su hermana. El problema lo tendrán llegado el caso los herederos de Leonor, pero una vez su padre asumió el trono y ella el principado no hay problema alguno para que reine. Genial triquiñuela para saltarse el punto uno. Salú y República. por Contenido patrocinado
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