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 EL voto rogado.

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CortoCortito
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MensajeTema: EL voto rogado.    EL voto rogado.  EmptyVie Mayo 10, 2019 12:24 pm

Ahora que nuevo vamos a votar no estaría de más recordar esto. El gran Guillermo Fesser lo explica muy claro. 

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CARTA ABIERTA A LOS DIPUTADOS DEL CONGRESO.
Citación :
Señorías, los españoles residentes en el extranjero rozamos los 2.5 millones y ya somos, en número de habitantes, la tercera provincia de España, por detrás de Madrid y Barcelona. Sin embargo, el proceso para votar nos lo han puesto tan engorroso que, de nosotros, sólo el 3% consigue el milagro de que su papeleta llegue a las urnas.
Para empezar, hay que estar registrado en el consulado. OK. Correcto. ¡Que vivan los consulados!... pero que no vivan tan lejos. Las representaciones consulares de España cubren areas enormes en horarios imposibles. Si resides en Guayana, te tienes que inscribir en Paris. Si vives en lrlanda del Norte, debes de registrarte en Edimburgo. Si eres vecino de Helena, Montana, te toca inscribirte en la ciudad californiana de San Francisco. 16 horitas de coche.
Además, los residentes en el extranjero nos movemos y, aunque hayamos conseguido la hazaña de registrarnos una vez, si nos cambiamos de domicilio... como que no apetece volver a notificarlo.
No tiene sentido que para registrarnos se exija la presencia física en el consulado. Además, los residentes en el extranjero nos movemos y, aunque hayamos conseguido la hazaña de empadronarnos, si cambiamos de domicilio... como que no apetece volver otra vez para notificarlo
Urge articular un sistema de inscripciones a distancia en los consulados de España para que podamos empadronarnos y, una vez registrados, notificar también los cambios de residencia.
Ahora viene lo bueno. Una vez empadronados... los residentes en el extranjero tenemos el “voto rogado” Necesitamos rogar a la junta electoral que, por favor, nos dejen votar. No basta con estar inscrito en el consulado, no basta con figurar en el censo…
Nos llega una carta de la oficina del censo que tenemos que contestar, vía postal o internet, confirmando que queremos ejercitar nuestro derecho a votar. El problema es que la notificación suele llegar muy poco antes de la fecha de las elecciones...
y, normalmente, para cuando la recibimos, ya ha caducado el plazo para solicitar que nos manden las papeletas. O, si estamos en tiempo de enviar la contestación, normalmente habrá caducado el plazo para cuando la reciban en la oficina del censo en España.
Seamos positivos. Pongámonos en el caso de que, a pesar de las trabas mencionadas, nos llegaran las papeletas. Porque esa es otra… No hay manera de que podamos imprimir un pdf para evitar tanto viaje en sobre. Toca esperar al cartero.
Como tenemos que enviar la papeleta elegida por correo postal (viaje que viene a durar una semana desde Estados Unidos, dos desde Australia y ni se sabe desde algunos países) pues muchas veces el sobre llega al recuento fuera de plazo y nuestro voto no sirve.
Señorías: reformen la ley. Permitan que los españoles residentes en el extranjero podamos empadronarnos en los consulados a distancia. Hagan que nos manden las papeletas directamente sin tener que re-confirmar nada. Y amplíen los plazos de envío para que nuestro voto cuente.
Esta vez yo no les he elegido. No he podido debido al engorroso sistema. Pero confío en que los españoles que han tenido esa suerte sean generosos y me permitan solicitarles este cambio, como si fueran ustedes también mis representantes, para que la próxima vez de verdad lo sean.

2.5 millones de votos son como para tenerlos en cuenta ¿ o es precisamente por eso por lo que no se les tiene en cuenta? Tal vez se temen que esos votantes que se han visto obligados a emigrar les castiguen con su voto, malpensado que es uno.
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El llobu
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MensajeTema: Re: EL voto rogado.    EL voto rogado.  EmptyVie Mayo 10, 2019 12:34 pm

CortoCortito escribió:
Ahora que nuevo vamos a votar no estaría de más recordar esto. El gran Guillermo Fesser lo explica muy claro. 

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CARTA ABIERTA A LOS DIPUTADOS DEL CONGRESO.
Citación :
Señorías, los españoles residentes en el extranjero rozamos los 2.5 millones y ya somos, en número de habitantes, la tercera provincia de España, por detrás de Madrid y Barcelona. Sin embargo, el proceso para votar nos lo han puesto tan engorroso que, de nosotros, sólo el 3% consigue el milagro de que su papeleta llegue a las urnas.
Para empezar, hay que estar registrado en el consulado. OK. Correcto. ¡Que vivan los consulados!... pero que no vivan tan lejos. Las representaciones consulares de España cubren areas enormes en horarios imposibles. Si resides en Guayana, te tienes que inscribir en Paris. Si vives en lrlanda del Norte, debes de registrarte en Edimburgo. Si eres vecino de Helena, Montana, te toca inscribirte en la ciudad californiana de San Francisco. 16 horitas de coche.
Además, los residentes en el extranjero nos movemos y, aunque hayamos conseguido la hazaña de registrarnos una vez, si nos cambiamos de domicilio... como que no apetece volver a notificarlo.
No tiene sentido que para registrarnos se exija la presencia física en el consulado. Además, los residentes en el extranjero nos movemos y, aunque hayamos conseguido la hazaña de empadronarnos, si cambiamos de domicilio... como que no apetece volver otra vez para notificarlo
Urge articular un sistema de inscripciones a distancia en los consulados de España para que podamos empadronarnos y, una vez registrados, notificar también los cambios de residencia.
Ahora viene lo bueno. Una vez empadronados... los residentes en el extranjero tenemos el “voto rogado” Necesitamos rogar a la junta electoral que, por favor, nos dejen votar. No basta con estar inscrito en el consulado, no basta con figurar en el censo…
Nos llega una carta de la oficina del censo que tenemos que contestar, vía postal o internet, confirmando que queremos ejercitar nuestro derecho a votar. El problema es que la notificación suele llegar muy poco antes de la fecha de las elecciones...
y, normalmente, para cuando la recibimos, ya ha caducado el plazo para solicitar que nos manden las papeletas. O, si estamos en tiempo de enviar la contestación, normalmente habrá caducado el plazo para cuando la reciban en la oficina del censo en España.
Seamos positivos. Pongámonos en el caso de que, a pesar de las trabas mencionadas, nos llegaran las papeletas. Porque esa es otra… No hay manera de que podamos imprimir un pdf para evitar tanto viaje en sobre. Toca esperar al cartero.
Como tenemos que enviar la papeleta elegida por correo postal (viaje que viene a durar una semana desde Estados Unidos, dos desde Australia y ni se sabe desde algunos países) pues muchas veces el sobre llega al recuento fuera de plazo y nuestro voto no sirve.
Señorías: reformen la ley. Permitan que los españoles residentes en el extranjero podamos empadronarnos en los consulados a distancia. Hagan que nos manden las papeletas directamente sin tener que re-confirmar nada. Y amplíen los plazos de envío para que nuestro voto cuente.
Esta vez yo no les he elegido. No he podido debido al engorroso sistema. Pero confío en que los españoles que han tenido esa suerte sean generosos y me permitan solicitarles este cambio, como si fueran ustedes también mis representantes, para que la próxima vez de verdad lo sean.

2.5 millones de votos son como para tenerlos en cuenta ¿ o es precisamente por eso por lo que no se les tiene en cuenta? Tal vez se temen que esos votantes que se han visto obligados a emigrar les castiguen con su voto, malpensado que es uno.
Más patético no puede ser.

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MensajeTema: Re: EL voto rogado.    EL voto rogado.  EmptySáb Mayo 11, 2019 2:28 am

¿Votar es pretender imponer convicciones?

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MensajeTema: Re: EL voto rogado.    EL voto rogado.  EmptySáb Mayo 11, 2019 12:34 pm

curtin escribió:
Patético es que personas que no aportan un euro y paguen sus impuestos en otros países pretendan imponer sus convicciones.


Politólogo y demócrata  sin parangón y ahora también experto fiscal. Si es que es como para enamorarse.
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MensajeTema: Re: EL voto rogado.    EL voto rogado.  Empty

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