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 ¿Tenemos derechos a discriminar?

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Antisozzial
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El llobu
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El llobu


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MensajeTema: Re: ¿Tenemos derechos a discriminar?   ¿Tenemos derechos a discriminar? - Página 6 EmptyJue Sep 19, 2019 8:00 pm

Antisozzial escribió:
El llobu escribió:
el.loco.lucas escribió:
Yo no hablaba de lo que dice el Código Penal español sino de lo que a mí me parece justo y razonable (recordemos, en cualquier caso, que el pastelero y sus clientes no viven en España por lo que no les es aplicable nuestro Código Penal)

Por otro lado la cuestión no es que el pastelero no quiera vender un producto a un gay, sino que no quiere participar, con la realización del pastel de boda, en una ceremonia que considera contraria a su religión. Lo decisivo no es la condición sexual del cliente sino la decisión, de conciencia, del trabajador de no participar en algo que considera contrario a su religión, por muy estúpido que esto sea. Ser tolerante implica tolerar también lo que no compartes. Y aquí los intolerantes son los novios que intentan doblegar la conciencia de un trabajador.
Y el llobu no hablaba de creencias personales, sino que se centraba en el aspecto legal en la pregunta de Antisozzial:

¿Estaba (el pastelero) en su derecho?

Esclarecido ese punto, y entrando en el terreno de otras consideraciones de tipo personal, el llobu está muy de acuerdo en que la legislación obliga a todos por encima de creencias religiosas. No vaya a ser que acabemos por no poder condenar a los creyentes de cualquier religión porque sus delitos son cometidos por decisiones de conciencia motivadas por su religión.

Ninguna religión tiene derecho a ir contra la normativa o la legislación.

Salú y República.
    Como que uno no puede ir contra la normativa o legislación, o no tiene derecho, puede ir perfectamente;

¿Tu puedes conducir a 150 km/h en una vía que solo permite circular a 60 km/h?

  Puedes contestar tu o cualquiera
¿Dónde ves tú que haya dicho el llobu que no se pueda ir contra la normativa? 

Aprovechando tu ejemplo: el llobu no ha dicho que no se pueda conducir a 150 km/h en una vía que sólo permite circular a 60 km/h, sino que no se tiene derecho a circular a 150 km/h en una vía que sólo permite circular a 60 km/h.

Y matizando: tampoco se refiere el llobu a protestar leyes que puedan parecer injustas, sino a infringir las leyes aduciendo motivos religiosos.

Salú y República.
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