Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Vie Ago 09, 2024 9:20 pm
Séneca escribió:
Tinajas escribió:
Viendo el respeto que Rufián y sus compinches delincuentes tienen por el resto de España y por el pueblo soberano español, como para poner de ejemplo lo que ese sujeto diga.
Baja el tono de tus insultos, si no quieres tener problemas, ni Rufián tiene "compinches" y su gente noo son delincuentes...
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Sáb Ago 10, 2024 7:56 am
NEROCAESAR escribió:
Séneca escribió:
Viendo el respeto que Rufián y sus compinches delincuentes tienen por el resto de España y por el pueblo soberano español, como para poner de ejemplo lo que ese sujeto diga.
Baja el tono de tus insultos, si no quieres tener problemas, ni Rufián tiene "compinches" y su gente noo son delincuentes...
Seneca no viene a debatir ni argumentar, viene a desahogarse de su furia contra lo que no le gusta. No es un demócrata por mucho que él lo diga ni siquiera con la Constitución por medio.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Sáb Ago 10, 2024 6:52 pm
NEROCAESAR escribió:
Séneca escribió:
Viendo el respeto que Rufián y sus compinches delincuentes tienen por el resto de España y por el pueblo soberano español, como para poner de ejemplo lo que ese sujeto diga.
Baja el tono de tus insultos, si no quieres tener problemas, ni Rufián tiene "compinches" y su gente noo son delincuentes...
Infórmate, el partido de Rufián tiene miembros que han sido condenados por graves delitos, a los mismos que Sánchez dijo que ni indultaria ni amnistiaria, yo voy con la verdad por incómoda que te resulte.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Dom Ago 11, 2024 7:55 am
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NEROCAESAR Moderador
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Dom Ago 11, 2024 9:14 am
Séneca escribió:
NEROCAESAR escribió:
Baja el tono de tus insultos, si no quieres tener problemas, ni Rufián tiene "compinches" y su gente noo son delincuentes...
Infórmate, el partido de Rufián tiene miembros que han sido condenados por graves delitos, a los mismos que Sánchez dijo que ni indultaria ni amnistiaria, yo voy con la verdad por incómoda que te resulte.
Si los delitos han sido amnistiados, no existen, luego mientes.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Dom Ago 25, 2024 1:59 pm
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Sáb Sep 14, 2024 6:40 am
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Sáb Sep 14, 2024 11:30 am
Los empresarios acusados de abuso sexual a menores en Murcia se libran de la cárcel por el retraso del proceso judicial
Los acusados han llegado a un acuerdo para rebajar la pena de prisión y evitar el juicio, pero han reconocido los hechos: entre los argumentos para reducir la condena está la demora del proceso, que ha tardado 10 años en celebrarse
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Miér Oct 02, 2024 7:34 am
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Jue Oct 03, 2024 11:38 am
¿A quién no le va a gustar que la viole un antidisturbios... o un juez?
Una comisaria de policía hace comentarios machistas, salen a la luz y es sancionada. Entonces un tribunal anula la sanción con argumentos peregrinos. Acaba de pasar y es un buen ejemplo más de la tolerancia general de nuestros jueces ante los excesos de las fuerzas de seguridad. Los jueces y los abogados más conservadores dicen que se trata de casos aislados, que no se puede hacer una regla sobre un caso concreto y que cada asunto es un mundo. Así sería, en efecto, si no existieran los datos. Las 14 condenas a España por no investigar malos tratos policiales. El listado de casos de impunidad policial que las organizaciones de derechos humanos publican cada año. Los resultados de los buscadores… Porque los datos dicen que no es un caso aislado, sino una tendencia constante y normalizada. Lo sabe cualquier abogado que haya llevado alguna vez un caso de supuestos abusos policiales. Lo sabe, en realidad, cualquiera que en un buscador jurídico o de noticias busque sentencias y decisiones judiciales sobre excesos de la policía: los resultados, constantes y tercos, muestran que las denuncias se abusan incluso en los casos en los que hay testigos, fotos o videos evidentes. Que las sanciones se levantan incluso en los casos en los que, como este de ahora, las evidencias públicas dicen justo lo contrario de lo que ven en ellas los jueces. Este último caso es sólo un ejemplo más. Estíbaliz Palma es comisaria de la Policía nacional. Hace un par de años acudió a la cena que organizaron sus compañeros como homenaje a un policía antidisturbios que resultó herido durante unos incidentes en Barcelona en protesta por la sentencia del procés y tuvo que jubilarse por ello. Allí se proyectó primero un video del ministro del interior en el que animaba al agente y loaba su profesionalidad. Después le tocó hablar a ella, que hizo algunas chanzas patrióticas. Dijo que Madrid es zona nacional, no como Galicia. Y dijo también que durante el procés parecía que la policía se dedicaba a maltratar manifestantes cuando en realidad “ya les gustaría a algunas que las violara un antidisturbios”. Uno de las presentes grabó esas palabras y, escandalizado por su contenido, se las hizo llegar luego a la prensa. Se montó un escándalo en todo el país y la dirección de la Policía abrió un expediente. Concluyó con una sanción de cinco días de suspensión, que es la mínima prevista en el reglamento. Se entendió que había cometido una falta grave con infracción manifiesta de las obligaciones inherentes a su cargo y por desconsideración a los ciudadanos causando descrédito notorio a la institución policial. Aunque la sanción fue la más leve de las posibles, la Policía la recurrió y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la ha anulado. Argumenta en primer lugar que no está probado que la comisaria, con sus expresiones, tuviera intención de menospreciar a las víctimas de violencia sexual. Dice que ella no sabía que sus palabras se estaban grabando, de modo que no es culpable de la trascendencia que tuvieron. Como si lo importante no fueran sus actos, sino el modo a través del cual se probaron. En realidad, aunque no se hubieran grabado las palabras exactas, cualquiera de los presentes podía haberlas contado y el escándalo sería el mismo. Lo escandaloso no era que existiera una grabación, sino las palabras que dijo. Pero para los jueces, reírse de las mujeres violadas ante cuarenta policías, si no se graba, es como reírse de ellas. Adicionalmente, dicen los jueces que en esa cena la comisaria no estaba en ejercicio de su cargo. Lo cierto es que en realidad habló no solo como policía, sino como comisaria. Si se le cedió la palabra fue porque era el mando superior de entre todos los presentes. Más aun, hizo su discurso a continuación de otro del ministro del Interior. Con toda seguridad, si el sancionado hubiera sido el ministro, estos mismos jueces jamás habrían dicho que no hablaba como ministro, sino como ciudadano. Pero él no es policía. Evidentemente, en el mundo del derecho todo es discutible. En las facultades de derecho se enseña a los juristas a argumentar utilizando las leyes en vigor tanto una postura como la contraria. Con un poco de creatividad y algo de voluntad cualquier juez puede motivar prácticamente lo que quiera. Y en este caso, ya han surgido los habituales magistrados mediáticos diciendo que el tribunal simplemente ha querido ser garantista con la funcionaria. Y esta muy bien que los jueces sean garantistas. Es decir, que protejan de manera estricta los derechos de los ciudadanos. El problema es que solo lo son de manera selectiva y que –casualmente– lo son especialmente cuando se trata de juzgar a funcionarios policiales. Existen en España, por ejemplo, dos estándares diferentes para la presunción de inocencia. Cuando se acusa a un policía de malos tratos, nuestros jueces creen que el derecho a la presunción de inocencia exige que se demuestre, sin el menor lugar a dudas, su culpabilidad. Si en un video se ve a un policía dar una patada a una persona en el suelo pero no hay pruebas de que fuera justo esa patada y no otra la que le causó las lesiones, pues no se condena al policía. Si un ciudadano sale de un coche de policía con la nariz rota, en tanto que no hay pruebas de que no se la haya roto él mismo para fastidiar a la policía, pues no se investiga a los policías que lo llevaban. Si un ciudadano detenido aparece lleno de moratones en su celda pero no hay pruebas de que haya sido la policía, y no un accidente, pues no se investiga. Es una manera estricta de entender que nadie es culpable a no ser que se demuestre muy fehacientemente lo contrario. El problema es que ese estándar garantista y defensor de los derechos no se aplica a todos los casos. Si un manifestante es acusado seis años después de haberle dado una patada a un policía en una protesta, aunque no haya video, ni prueba, ni certificado médico, los jueces creen que la confusa declaración del policía es suficiente para condenarlo, más si transcurrido el tiempo el tipo es diputado izquierdista. Si seis muchachos en Zaragoza son acusados de protestar violentamente contra Vox y la policía nuestros jueces no ven ningún problema en condenarlos hasta a seis años de cárcel sin más pruebas que las declaraciones de un par de agentes que dicen que fueron ellos. Todos estos ejemplos son casos reales. Nuestros jueces protegen con pulcritud los derechos fundamentales de los agentes policiales tanto como desprecian los derechos de los rojos y disidentes acusados de cualquier cosa por las fuerzas de seguridad. Tienen un sesgo descarado que les permite exculpar de todo a los agentes del orden y condenar por cualquier cosa a la ciudadanía que les plante cara.
Lleva pasando años y nadie hace nada. Y en este sistema de impunidad frente a los excesos ahora unos jueces madrileños afirman que decir que las independentistas catalanas se mueren por ser violadas por un antidisturbios no es motivo de sanción. Vistos los precedentes, es fácil imaginar que si quien hubiera dicho la frase fuera una funcionaria catalana y lo que hubiera dicho es que las agentes de la policía disfrutarían siendo violadas por un guapo independentista, esos mismos jueces habrían considerado plenamente justificada la sanción. Porque sí. Porque la judicatura española ha entrado en una peligrosa deriva en la que utilizan la ley para perseguir a quienes no piensan como nuestros magistrados conservadores. Nuestros magistrados cada día disimulan menos al manipular las leyes y los hechos de forma que los excesos policiales queden impunes, pero los de tojos e independentistas sean duramente castigados. Han perdido de tal manera el sentido de la imparcialidad que cualquier día leeremos a los jueces y juezas del Tribunal Supremo decir que lo que las independentistas necesitan es que las viole un juez. Como si, figuradamente, no estuviera ya pasando cada día.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Dom Oct 06, 2024 10:58 am
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Mar Oct 08, 2024 4:31 pm
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Mar Oct 08, 2024 4:32 pm
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Mar Oct 08, 2024 5:50 pm
marapez escribió:
¿A quién no le va a gustar que la viole un antidisturbios... o un juez?
Una comisaria de policía hace comentarios machistas, salen a la luz y es sancionada. Entonces un tribunal anula la sanción con argumentos peregrinos. Acaba de pasar y es un buen ejemplo más de la tolerancia general de nuestros jueces ante los excesos de las fuerzas de seguridad. Los jueces y los abogados más conservadores dicen que se trata de casos aislados, que no se puede hacer una regla sobre un caso concreto y que cada asunto es un mundo. Así sería, en efecto, si no existieran los datos. Las 14 condenas a España por no investigar malos tratos policiales. El listado de casos de impunidad policial que las organizaciones de derechos humanos publican cada año. Los resultados de los buscadores… Porque los datos dicen que no es un caso aislado, sino una tendencia constante y normalizada. Lo sabe cualquier abogado que haya llevado alguna vez un caso de supuestos abusos policiales. Lo sabe, en realidad, cualquiera que en un buscador jurídico o de noticias busque sentencias y decisiones judiciales sobre excesos de la policía: los resultados, constantes y tercos, muestran que las denuncias se abusan incluso en los casos en los que hay testigos, fotos o videos evidentes. Que las sanciones se levantan incluso en los casos en los que, como este de ahora, las evidencias públicas dicen justo lo contrario de lo que ven en ellas los jueces. Este último caso es sólo un ejemplo más. Estíbaliz Palma es comisaria de la Policía nacional. Hace un par de años acudió a la cena que organizaron sus compañeros como homenaje a un policía antidisturbios que resultó herido durante unos incidentes en Barcelona en protesta por la sentencia del procés y tuvo que jubilarse por ello. Allí se proyectó primero un video del ministro del interior en el que animaba al agente y loaba su profesionalidad. Después le tocó hablar a ella, que hizo algunas chanzas patrióticas. Dijo que Madrid es zona nacional, no como Galicia. Y dijo también que durante el procés parecía que la policía se dedicaba a maltratar manifestantes cuando en realidad “ya les gustaría a algunas que las violara un antidisturbios”. Uno de las presentes grabó esas palabras y, escandalizado por su contenido, se las hizo llegar luego a la prensa. Se montó un escándalo en todo el país y la dirección de la Policía abrió un expediente. Concluyó con una sanción de cinco días de suspensión, que es la mínima prevista en el reglamento. Se entendió que había cometido una falta grave con infracción manifiesta de las obligaciones inherentes a su cargo y por desconsideración a los ciudadanos causando descrédito notorio a la institución policial. Aunque la sanción fue la más leve de las posibles, la Policía la recurrió y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la ha anulado. Argumenta en primer lugar que no está probado que la comisaria, con sus expresiones, tuviera intención de menospreciar a las víctimas de violencia sexual. Dice que ella no sabía que sus palabras se estaban grabando, de modo que no es culpable de la trascendencia que tuvieron. Como si lo importante no fueran sus actos, sino el modo a través del cual se probaron. En realidad, aunque no se hubieran grabado las palabras exactas, cualquiera de los presentes podía haberlas contado y el escándalo sería el mismo. Lo escandaloso no era que existiera una grabación, sino las palabras que dijo. Pero para los jueces, reírse de las mujeres violadas ante cuarenta policías, si no se graba, es como reírse de ellas. Adicionalmente, dicen los jueces que en esa cena la comisaria no estaba en ejercicio de su cargo. Lo cierto es que en realidad habló no solo como policía, sino como comisaria. Si se le cedió la palabra fue porque era el mando superior de entre todos los presentes. Más aun, hizo su discurso a continuación de otro del ministro del Interior. Con toda seguridad, si el sancionado hubiera sido el ministro, estos mismos jueces jamás habrían dicho que no hablaba como ministro, sino como ciudadano. Pero él no es policía. Evidentemente, en el mundo del derecho todo es discutible. En las facultades de derecho se enseña a los juristas a argumentar utilizando las leyes en vigor tanto una postura como la contraria. Con un poco de creatividad y algo de voluntad cualquier juez puede motivar prácticamente lo que quiera. Y en este caso, ya han surgido los habituales magistrados mediáticos diciendo que el tribunal simplemente ha querido ser garantista con la funcionaria. Y esta muy bien que los jueces sean garantistas. Es decir, que protejan de manera estricta los derechos de los ciudadanos. El problema es que solo lo son de manera selectiva y que –casualmente– lo son especialmente cuando se trata de juzgar a funcionarios policiales. Existen en España, por ejemplo, dos estándares diferentes para la presunción de inocencia. Cuando se acusa a un policía de malos tratos, nuestros jueces creen que el derecho a la presunción de inocencia exige que se demuestre, sin el menor lugar a dudas, su culpabilidad. Si en un video se ve a un policía dar una patada a una persona en el suelo pero no hay pruebas de que fuera justo esa patada y no otra la que le causó las lesiones, pues no se condena al policía. Si un ciudadano sale de un coche de policía con la nariz rota, en tanto que no hay pruebas de que no se la haya roto él mismo para fastidiar a la policía, pues no se investiga a los policías que lo llevaban. Si un ciudadano detenido aparece lleno de moratones en su celda pero no hay pruebas de que haya sido la policía, y no un accidente, pues no se investiga. Es una manera estricta de entender que nadie es culpable a no ser que se demuestre muy fehacientemente lo contrario. El problema es que ese estándar garantista y defensor de los derechos no se aplica a todos los casos. Si un manifestante es acusado seis años después de haberle dado una patada a un policía en una protesta, aunque no haya video, ni prueba, ni certificado médico, los jueces creen que la confusa declaración del policía es suficiente para condenarlo, más si transcurrido el tiempo el tipo es diputado izquierdista. Si seis muchachos en Zaragoza son acusados de protestar violentamente contra Vox y la policía nuestros jueces no ven ningún problema en condenarlos hasta a seis años de cárcel sin más pruebas que las declaraciones de un par de agentes que dicen que fueron ellos. Todos estos ejemplos son casos reales. Nuestros jueces protegen con pulcritud los derechos fundamentales de los agentes policiales tanto como desprecian los derechos de los rojos y disidentes acusados de cualquier cosa por las fuerzas de seguridad. Tienen un sesgo descarado que les permite exculpar de todo a los agentes del orden y condenar por cualquier cosa a la ciudadanía que les plante cara.
Lleva pasando años y nadie hace nada. Y en este sistema de impunidad frente a los excesos ahora unos jueces madrileños afirman que decir que las independentistas catalanas se mueren por ser violadas por un antidisturbios no es motivo de sanción. Vistos los precedentes, es fácil imaginar que si quien hubiera dicho la frase fuera una funcionaria catalana y lo que hubiera dicho es que las agentes de la policía disfrutarían siendo violadas por un guapo independentista, esos mismos jueces habrían considerado plenamente justificada la sanción. Porque sí. Porque la judicatura española ha entrado en una peligrosa deriva en la que utilizan la ley para perseguir a quienes no piensan como nuestros magistrados conservadores. Nuestros magistrados cada día disimulan menos al manipular las leyes y los hechos de forma que los excesos policiales queden impunes, pero los de tojos e independentistas sean duramente castigados. Han perdido de tal manera el sentido de la imparcialidad que cualquier día leeremos a los jueces y juezas del Tribunal Supremo decir que lo que las independentistas necesitan es que las viole un juez. Como si, figuradamente, no estuviera ya pasando cada día.
Mensajes : 13516 Edad : 69 Localización : Madrid libre de separatismos y de Podemos
Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Mar Oct 08, 2024 6:53 pm
Laberinto escribió:
marapez escribió:
¿A quién no le va a gustar que la viole un antidisturbios... o un juez?
Una comisaria de policía hace comentarios machistas, salen a la luz y es sancionada. Entonces un tribunal anula la sanción con argumentos peregrinos. Acaba de pasar y es un buen ejemplo más de la tolerancia general de nuestros jueces ante los excesos de las fuerzas de seguridad. Los jueces y los abogados más conservadores dicen que se trata de casos aislados, que no se puede hacer una regla sobre un caso concreto y que cada asunto es un mundo. Así sería, en efecto, si no existieran los datos. Las 14 condenas a España por no investigar malos tratos policiales. El listado de casos de impunidad policial que las organizaciones de derechos humanos publican cada año. Los resultados de los buscadores… Porque los datos dicen que no es un caso aislado, sino una tendencia constante y normalizada. Lo sabe cualquier abogado que haya llevado alguna vez un caso de supuestos abusos policiales. Lo sabe, en realidad, cualquiera que en un buscador jurídico o de noticias busque sentencias y decisiones judiciales sobre excesos de la policía: los resultados, constantes y tercos, muestran que las denuncias se abusan incluso en los casos en los que hay testigos, fotos o videos evidentes. Que las sanciones se levantan incluso en los casos en los que, como este de ahora, las evidencias públicas dicen justo lo contrario de lo que ven en ellas los jueces. Este último caso es sólo un ejemplo más. Estíbaliz Palma es comisaria de la Policía nacional. Hace un par de años acudió a la cena que organizaron sus compañeros como homenaje a un policía antidisturbios que resultó herido durante unos incidentes en Barcelona en protesta por la sentencia del procés y tuvo que jubilarse por ello. Allí se proyectó primero un video del ministro del interior en el que animaba al agente y loaba su profesionalidad. Después le tocó hablar a ella, que hizo algunas chanzas patrióticas. Dijo que Madrid es zona nacional, no como Galicia. Y dijo también que durante el procés parecía que la policía se dedicaba a maltratar manifestantes cuando en realidad “ya les gustaría a algunas que las violara un antidisturbios”. Uno de las presentes grabó esas palabras y, escandalizado por su contenido, se las hizo llegar luego a la prensa. Se montó un escándalo en todo el país y la dirección de la Policía abrió un expediente. Concluyó con una sanción de cinco días de suspensión, que es la mínima prevista en el reglamento. Se entendió que había cometido una falta grave con infracción manifiesta de las obligaciones inherentes a su cargo y por desconsideración a los ciudadanos causando descrédito notorio a la institución policial. Aunque la sanción fue la más leve de las posibles, la Policía la recurrió y ahora el Tribunal Superior de Justicia de Madrid la ha anulado. Argumenta en primer lugar que no está probado que la comisaria, con sus expresiones, tuviera intención de menospreciar a las víctimas de violencia sexual. Dice que ella no sabía que sus palabras se estaban grabando, de modo que no es culpable de la trascendencia que tuvieron. Como si lo importante no fueran sus actos, sino el modo a través del cual se probaron. En realidad, aunque no se hubieran grabado las palabras exactas, cualquiera de los presentes podía haberlas contado y el escándalo sería el mismo. Lo escandaloso no era que existiera una grabación, sino las palabras que dijo. Pero para los jueces, reírse de las mujeres violadas ante cuarenta policías, si no se graba, es como reírse de ellas. Adicionalmente, dicen los jueces que en esa cena la comisaria no estaba en ejercicio de su cargo. Lo cierto es que en realidad habló no solo como policía, sino como comisaria. Si se le cedió la palabra fue porque era el mando superior de entre todos los presentes. Más aun, hizo su discurso a continuación de otro del ministro del Interior. Con toda seguridad, si el sancionado hubiera sido el ministro, estos mismos jueces jamás habrían dicho que no hablaba como ministro, sino como ciudadano. Pero él no es policía. Evidentemente, en el mundo del derecho todo es discutible. En las facultades de derecho se enseña a los juristas a argumentar utilizando las leyes en vigor tanto una postura como la contraria. Con un poco de creatividad y algo de voluntad cualquier juez puede motivar prácticamente lo que quiera. Y en este caso, ya han surgido los habituales magistrados mediáticos diciendo que el tribunal simplemente ha querido ser garantista con la funcionaria. Y esta muy bien que los jueces sean garantistas. Es decir, que protejan de manera estricta los derechos de los ciudadanos. El problema es que solo lo son de manera selectiva y que –casualmente– lo son especialmente cuando se trata de juzgar a funcionarios policiales. Existen en España, por ejemplo, dos estándares diferentes para la presunción de inocencia. Cuando se acusa a un policía de malos tratos, nuestros jueces creen que el derecho a la presunción de inocencia exige que se demuestre, sin el menor lugar a dudas, su culpabilidad. Si en un video se ve a un policía dar una patada a una persona en el suelo pero no hay pruebas de que fuera justo esa patada y no otra la que le causó las lesiones, pues no se condena al policía. Si un ciudadano sale de un coche de policía con la nariz rota, en tanto que no hay pruebas de que no se la haya roto él mismo para fastidiar a la policía, pues no se investiga a los policías que lo llevaban. Si un ciudadano detenido aparece lleno de moratones en su celda pero no hay pruebas de que haya sido la policía, y no un accidente, pues no se investiga. Es una manera estricta de entender que nadie es culpable a no ser que se demuestre muy fehacientemente lo contrario. El problema es que ese estándar garantista y defensor de los derechos no se aplica a todos los casos. Si un manifestante es acusado seis años después de haberle dado una patada a un policía en una protesta, aunque no haya video, ni prueba, ni certificado médico, los jueces creen que la confusa declaración del policía es suficiente para condenarlo, más si transcurrido el tiempo el tipo es diputado izquierdista. Si seis muchachos en Zaragoza son acusados de protestar violentamente contra Vox y la policía nuestros jueces no ven ningún problema en condenarlos hasta a seis años de cárcel sin más pruebas que las declaraciones de un par de agentes que dicen que fueron ellos. Todos estos ejemplos son casos reales. Nuestros jueces protegen con pulcritud los derechos fundamentales de los agentes policiales tanto como desprecian los derechos de los rojos y disidentes acusados de cualquier cosa por las fuerzas de seguridad. Tienen un sesgo descarado que les permite exculpar de todo a los agentes del orden y condenar por cualquier cosa a la ciudadanía que les plante cara.
Lleva pasando años y nadie hace nada. Y en este sistema de impunidad frente a los excesos ahora unos jueces madrileños afirman que decir que las independentistas catalanas se mueren por ser violadas por un antidisturbios no es motivo de sanción. Vistos los precedentes, es fácil imaginar que si quien hubiera dicho la frase fuera una funcionaria catalana y lo que hubiera dicho es que las agentes de la policía disfrutarían siendo violadas por un guapo independentista, esos mismos jueces habrían considerado plenamente justificada la sanción. Porque sí. Porque la judicatura española ha entrado en una peligrosa deriva en la que utilizan la ley para perseguir a quienes no piensan como nuestros magistrados conservadores. Nuestros magistrados cada día disimulan menos al manipular las leyes y los hechos de forma que los excesos policiales queden impunes, pero los de tojos e independentistas sean duramente castigados. Han perdido de tal manera el sentido de la imparcialidad que cualquier día leeremos a los jueces y juezas del Tribunal Supremo decir que lo que las independentistas necesitan es que las viole un juez. Como si, figuradamente, no estuviera ya pasando cada día.
Es injusto que los tribunales condenen a unos delincuentes por graves delitos y luego llegue Sánchez y por unos pocos votos que no supo sacar en las urnas, les indulte y amnistie, también es injusto que un tribunal después de mucho investigar condene a sociatas corruptos andaluces y venga el Constitucional sanchista y enmiende la plana al Supremo, vaya tela de justicia en la España sanchista, de vergüenza, tamaña ignominia.
Laberinto V.I.P.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Mar Oct 08, 2024 6:59 pm
Séneca escribió:
Laberinto escribió:
Me quedo sin calificativos para tanta ignominia
Gracias, marapez!
Laberinto
Es injusto que los tribunales condenen a unos delincuentes por graves delitos y luego llegue Sánchez y por unos pocos votos que no supo sacar en las urnas, les indulte y amnistie, también es injusto que un tribunal después de mucho investigar condene a sociatas corruptos andaluces y venga el Constitucional sanchista y enmiende la plana al Supremo, vaya tela de justicia en la España sanchista, de vergüenza, tamaña ignominia.
Pues sí...se ha quedado bonita la tarde...
Laberinto
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Tinajas Moderador
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Mar Oct 08, 2024 7:15 pm
Por aqui llueve
marapez V.I.P.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Miér Oct 09, 2024 12:24 am
marapez V.I.P.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Jue Oct 17, 2024 8:19 pm
No cabía esperar otra cosa de la Sala Segunda del Supremo
Después de la parcialidad de la Sala Segunda del Tribunal Supremo (TS) en la aplicación de la ley de amnistía, no se podía esperar algo distinto a la admisión a trámite de la querella contra el fiscal general del Estado que se ha conocido este miércoles. La ley de amnistía ha sido el eje en torno al cual ha girado hasta el momento la presente legislatura. Sin el compromiso de la aprobación de dicha ley, no se hubiera podido investir a Pedro Sánchez como presidente del Gobierno y se hubieran tenido que convocar nuevas elecciones. De ahí la complejidad del proceso de aprobación parlamentaria de la ley. Una vez aprobada por las Cortes Generales, la ley tiene que ser aplicada por los jueces y tribunales a los casos cuyo fallo dependa de la validez de dicha ley. De entre todos los órganos judiciales que puedan tener que aplicar la ley, destaca sobremanera el Tribunal Supremo, que, en mi opinión, ha cometido una auténtica aberración constitucional a la hora de aplicar la norma. La ley como la Constitución es un todo. Un órgano judicial no puede empezar afirmando que hay una parte de la ley que considera que no es anticonstitucional y que puede aplicarla directamente sin necesidad de plantear una cuestión de inconstitucionalidad y, a continuación, considerar que sí tiene dudas sobre la constitucionalidad de la ley en cuanto tal y elevar la cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional. Si el órgano judicial entiende que la ley es anticonstitucional, no puede dar un paso en la aplicación de la misma sin plantear la cuestión de inconstitucionalidad. No puede trocear la ley para aplicarla parcialmente de manera inmediata y, a continuación, plantear la anticonstitucionalidad de la ley. Esto, insisto, es una aberración jurídica. En sí mismo. No es necesario entrar siquiera en que la parte que la Sala Segunda del Tribunal Supremo ha considerado constitucional es la relativa a la definición del delito de malversación interpretado por el TS de una manera radicalmente contraria a lo que la ley dice. No es posible llegar a la conclusión a la que el TS llega con ninguna de las reglas de interpretación comúnmente admitidas en el mundo del derecho. Pero esto, vuelvo a repetir, es indiferente, ya que plantear una cuestión de inconstitucionalidad tras haber troceado la ley, con la finalidad de sustraer al control del Tribunal Constitucional la parte de la ley sobre la que al TS no le interesa que el Tribunal Constitucional se pronuncie, es una aberración de tal naturaleza que todo lo demás sobra. Quiero decir que, si el TS estaba dispuesto a hacer lo que ha hecho con la ley de amnistía, es decir, si estaba dispuesto a participar en la operación política de hacer descarrilar la legislatura y forzar la convocatoria de nuevas elecciones, pocas dudas cabían de que admitiría a trámite la querella contra el fiscal general del Estado, aunque tampoco en este caso dicha admisión a trámite cuente con la fundamentación jurídica exigible. Se trata de una querella por presunta “revelación de secretos” por la fiscal jefa provincial de Madrid y por el fiscal general del Estado, en la que concurre la singularidad de que no han sido ellos los que han “revelado algún secreto”, sino que se han limitado a emitir una nota informativa desmintiendo el bulo que había sido puesto en circulación presuntamente por el jefe de Gabinete de la presidenta de la Comunidad de Madrid. Fue dicho jefe de Gabinete quien “desveló el secreto”, pero de forma invertida. Hizo correr el bulo de que el fiscal que investigaba dos presuntos delitos fiscales por parte de la pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid había propuesto al abogado de este un “pacto de conformidad”, que había sido vetado por el fiscal general del Estado. Se acusaba, en consecuencia, al fiscal general de interferir en la investigación para perjudicar a la pareja de la presidenta. Ante la emergencia generada por el bulo, la Fiscalía Provincial de Madrid emitió una Nota Informativa con el título 'Aclaraciones de la Fiscalía Provincial de Madrid sobre la denuncia contra Alberto González Amador por delitos de defraudación tributaria y falsedad documental', con la cual ponía orden en el desorden que se había generado con la creación del bulo y su difusión posterior mediante los más diversos medios de comunicación. En dicha Nota Informativa se dice textualmente: “El único pacto de conformidad, con reconocimiento de hechos delictivos y aceptación de una sanción penal, que ha existido hasta la fecha es el propuesto por el letrado de D. Alberto González Amador al fiscal encargado del asunto en fecha de 2 de febrero de 2024”.
No ha sido, pues, ningún miembro del Ministerio Fiscal el que ha revelado ningún secreto, sino que el secreto se ha hecho circular de manera invertida, es decir, en forma de bulo por alguien no identificado en el Auto y al que el TS no considera necesario identificar antes de admitir a trámite la querella contra el fiscal general y contra la fiscal jefa de Madrid. Ya veremos qué recorrido judicial tiene la querella a partir de este momento. De lo que podemos estar seguros es del recorrido político que se ha puesto en marcha en cuanto se ha conocido la admisión a trámite. La Sala Segunda del TS se apunta a continuar haciendo ruido, como lo hizo antes con mucha más intensidad con la ley de amnistía.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Miér Oct 30, 2024 7:17 am
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Vie Nov 01, 2024 6:49 pm
La Justicia declara firme la absolución de Rafael Amargo al no recurrir la Fiscalía El juzgado está avocado a declarar la firmeza de la sentencia dado que se trata de la única acusación
En este caso y conste que el bailarín me cae como el culo, la justicia lo ha absuelto, pero seria bueno investigar a los policías y su comportamiento poco claro.
Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Sáb Nov 02, 2024 12:25 am
La intervención sin límites del móvil del fiscal general plantea el interrogante de qué busca el Supremo
El juez Ángel Hurtado ha ordenado que la Guardia Civil intervenga más de siete meses de conversaciones privadas del fiscal general del Estado para esclarecer unos hechos que se circunscriben a la noche del 13 de marzo pasado, cuando un medio publicó un correo electrónico del abogado de Alberto González Amador que desmentía un bulo difundido por la Comunidad de Madrid.
Una medida reservada a delitos graves, y no a una supuesta revelación de secretos, ha sido acordada por el magistrado contra el responsable de una de las más altas instituciones del Estado sin estrechar los límites, lo que permitirá a Hurtado recabar información de investigaciones secretas, contactos entre Álvaro García Ortiz y sus subordinados y cualquier otra conversación que haya mantenido el fiscal general durante un periodo tan largo de tiempo. El auto que autoriza la intervención del teléfono, tablet y ordenadores de García Ortiz se refiere a sus “redes sociales”, en referencia a los servicios de mensajería, y las cuentas de correo electrónico. Y establece que todos los mensajes recibidos o enviados desde esas cuentas son objeto de investigación desde el 8 de marzo. La fecha alude a que el día anterior, el 7, la fiscal provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, comunicó a su subordinado, Julián Salto, que la persona contra la que se había abierto una investigación unos días antes, tras una investigación de dos años de Hacienda que culminó en una denuncia ante el ministerio público, es pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid. Como en otros casos que afectan a una persona políticamente expuesta, el fiscal debería iniciar una dación de cuentas, informando a su superiora de los hitos del procedimiento. Hacienda había investigado a Alberto González Amador como a un empresario defraudador más durante dos años. Cuando la Agencia Tributaria concluyó que su actuación reunió indicios de delito trasladó su informe a la Fiscalía. La causa contra el fiscal general es consecuencia de la presentación de varias querellas, una de ellas por parte de Alberto González Amador. Sin embargo, ni la defensa de la pareja de Ayuso iba tan lejos en sus pretensiones de recabar información del teléfono y los correos electrónicos del fiscal general. La defensa de la pareja de Ayuso solo requería los mensajes de su cuenta de correo personal en un lapso de 13 días –entre el 5 y el 18 de marzo– y no de siete meses, como ha acordado el juez. Los abogados del comisionista solicitaban esa diligencia después de que el fiscal del caso, Julián Salto, hubiese declarado ante el Tribunal Superior que la noche que se publicó el bulo sobre supuestas órdenes de arriba en la fiscalía para paralizar un acuerdo que evitase el juicio, él remitió las comunicaciones con la defensa de la pareja de Ayuso al correo personal de García Ortiz. La querella de la pareja de la presidenta madrileña se había presentado por la publicación de una nota de prensa en la mañana del 14 de marzo precisamente para desmentir varias informaciones publicadas que reprodujeron ese bulo. Tras una exposición razonada del Tribunal Superior de Madrid, que aludía al desmentido remitido a los medios, la Sala del Tribunal Supremo presidida por Manuel Marchena aceptó investigar un presunto delito de revelación de secretos, pero no por la nota de prensa, que aludía a hechos ya conocidos, optó por indagar en la filtración del correo electrónico donde González Amador reconocía dos delitos fiscales y que publicó en primer lugar la Cadena Ser. Ese mensaje demostraba que otro correo que había publicado antes El Mundo construía el bulo de que había sido la Fiscalía quien había ofrecido un acuerdo al abogado de González Amador, y no al revés. La información abonaba la tesis de Miguel Ángel Rodríguez, jefe de gabinete de Ayuso, según el cual la oferta de pacto inicial de la Fiscalía, algo falso, se había retirado “por órdenes de arriba”, una tesis que luego publicaron distintos medios de comunicación. La decisión del juez conservador Ángel Hurtado de obtener información de siete meses de actividad del fiscal general incluye sus comunicaciones con jefes de fiscalías especializadas, como Anticorrupción, Antidroga o la de la Audiencia Nacional, que instruyen casos mucho más graves que una supuesta revelación de secretos. En la causa están personadas Manos Limpias y otras organizaciones ultras que, si no pone coto el juez, se harán con la información sensible para el Estado que habitaba en el móvil del fiscal general cuando se levante el secreto del sumario.
Información de casos relevantes
En segundo plano quedó en el día de ayer un segundo registro de la Guardia Civil por orden de Hurtado. La fiscal jefe provincial, Pilar Rodríguez, también sufrió la intervención de sus mensajes y correos. Álvaro García Ortiz dirige la institución que vela por el cumplimiento de la legalidad en España, pero la Fiscalía General del Estado no instruye casos. No ocurre así con la Fiscalía provincial. En el ordenador clonado de Pilar Rodríguez se encuentran causas que se siguen ahora mismo en la comunidad autónoma, algunas tan relevantes como la que mantiene imputada a la esposa del presidente del Gobierno, Begoña Gómez, o la que atribuye, por ahora, dos delitos fiscales y uno de falsificación de documentos que la pareja de Isabel Díaz Ayuso ha reconocido. La entrada y registro del despacho del fiscal general del Estado dentro de la operación del Tribunal Supremo contra Álvaro García Ortiz se concretó en once tediosas horas en las que el equipo de la Unidad Central Operativa (UCO) de la Guardia Civil clonó el contenido completo de un teléfono móvil, dos ordenadores –un portátil y otro de mesa– y una tablet. Nadie abrió un cajón ni tocó un papel. “El trato de los guardias civiles fue correctísimo en todo momento”, señalan fuentes conocedoras de la actuación policial. Consciente de la gravedad de la situación, el equipo de agentes iba encabezado por el teniente coronel que dirige el Jefe del Departamento de Investigación Económica y Anticorrupción de la UCO. El teniente coronel instruyó casos de corrupción tan relevantes como Púnica o Lezo cuando era comandante. A día de hoy dependen de él las investigaciones del caso Koldo o los informes que requiere el juez Juan Carlos Peinado sobre Begoña Gómez, la esposa del presidente del Gobierno.
Advertido el fiscal general, comenzó la identificación y el clonado de los dispositivos. En su despacho solo podían estar presentes él y su secretaria, para facilitar el acceso a los mismos. El proceso de clonado de los dispositivos se alargó durante once horas y acabó cerca de la media noche. Los guardias civiles siguieron con su trabajo en presencia de la letrada de la Administración de Justicia del Supremo, que fue relevada en un momento dado por una compañera, un funcionario de auxilio judicial, y la fiscal jefe del Tribunal Supremo. El fiscal general aguardó a que finalizara el clonado y solo abandonó el despacho en algunos momentos. Más tarde de las 23:00 horas, los agentes abandonaron la sede de la Fiscalía General.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Sáb Nov 02, 2024 9:32 am
La impunidad con la que se saltan las leyes es comparable a la del franquismo.
Salú y República.
marapez V.I.P.
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Tema: Re: JUSTICIA A LA ESPAÑOLA Mar Nov 05, 2024 12:50 pm
Los ultras usan la dana para recuperar la ofensiva judicial que ensayaron en la pandemia
Primeros movimientos judiciales tras una catástrofe que ha dejado ya más de dos centenares de fallecidos. Una semana después del azote de la dana en València y Castilla La-Mancha, algunos de los colectivos que forman parte del patrio ecosistema ultra han activado ya su máquina de querellas y han comenzado a disparar a todos los niveles. Con una estrategia similar a la que ya se desplegó durante la pandemia, varias de estas entidades han interpuesto querellas contra altos cargos técnicos y políticos, algunos de ellos del Gobierno central y otros del Ejecutivo valenciano, por omisión del deber de socorro u homicidio o lesiones por imprudencia. Algunas, a partir de ese relato paralelo que se ha ido construyendo en redes sociales a golpe de bulo.
El primero en mover ficha fue el pseudosindicato ultra Manos Limpias. Lo hizo el pasado viernes, dos días después de que ríos de agua y lodo se tragasen municipios enteros. Su denuncia se dirigió contra la responsable de la Agencia Estatal de Meteorología (Aemet), María José Rallo, y contra el director de la Agencia Valenciana de Seguridad y Respuesta a las Emergencias (Avsre), Emilio Argüeso. En el caso de este último, el relato que se recoge en el escrito se centra en la tardanza a la hora de advertir a la población por parte de la entidad dependiente de la Generalitat Valenciana. El primer aviso no llegó a los teléfonos móviles hasta pasadas las 20.00 horas del pasado martes, cuando cientos de personas se encontraban ya atrapadas.
Algo más complejo de entender resultan los hechos que se atribuyen a la jefa de la Agencia Estatal de Meteorología. El pseudosindicato resalta que "expertos del todo el mundo" advirtieron de la "tragedia" que podía provocar la dana –depresión aislada en niveles altos–. Pero reconoce, al mismo tiempo, que la Aemet elevó el nivel de aviso a alerta roja a primera hora de la mañana –en concreto, lo hizo a las 7.31 horas–, antes de la tragedia. La agencia, de hecho, llevaba días avisando de la llegada de este fenómeno. "Es posible que en puntos de la vertiente mediterránea se den chubascos y tormentas fuertes, o muy fuertes, y localmente persistentes", decía el día 25. El domingo 27 y el lunes 28, lanzó dos avisos especiales en los que alertaba de que el martes sería el día "álgido". Los hechos que pone sobre la mesa Manos Limpias juegan, del mismo modo, con la proliferación en redes de un relato que sitúa con una clara intencionalidad política la responsabilidad de la tragedia en la Agencia Estatal de Meteorología, dependiente del Gobierno central. El mismo bebe de un vídeo, que el colectivo ultra recupera en su querella, en el que un agricultor decía que el radar de precipitaciones de la Aemet en València no funcionaba el 25 de octubre, cinco días antes de la catástrofe, lo que ha permitido trasladar la idea de que se estuvo a ciegas en los momentos previos a la emergencia. Pero nada más lejos de la realidad. Es cierto que un rayo, y así lo explicó la propia agencia, dañó la línea eléctrica que lo alimentaba. Sin embargo, el mismo estuvo funcionando de manera ininterrumpida desde la mañana del 28 de octubre.
Conspiranoicos contra Sánchez, Marlaska y Mazón
Una ofensiva judicial a la que se ha sumado en las últimas horas Iustitia Europa. Inscrita oficialmente en el Registro de Partidos a finales de enero, esta formación de nuevo cuño, que al igual que Manos Limpias ejerce como acusación popular en el caso que afecta a la mujer del presidente del Gobierno, esta formación se caracteriza por su rechazo a la Agenda 2030 o a la política de vacunación durante la pandemia. Un partido que en las elecciones europeas consiguió menos de 27.000 sufragios y que se mueve, por tanto, dentro de ese universo negacionista y conspirativo que ha ido floreciendo en medio mundo y que un día habla de chemtrails y al otro de "terapias naturales", fraude electoral o "estafa climática".
Iustitia Europa, cuya cara visible cuenta con el aval de la agitadora ultra Cristina Seguí, ha presentado dos querellas. La primera, interpuesta ante el Supremo, se dirige contra el presidente, Pedro Sánchez, y el ministro del Interior, Fernando Grande-Marlaska, a los que se acusa de omisión del deber de socorro, prevaricación y lesiones y homicidios por imprudencia. En el escrito consideran una "abdicación de sus deberes de protección" que no se declarara la situación de emergencia nacional. Dicha declaración corresponde por ley, bien a iniciativa propia o a instancia de las comunidades autónomas o los delegados del Gobierno de los distintos territorios, al titular de Interior, quien tras decretarla asumirá las riendas de una gestión que hasta este momento ha estado en manos de la Generalitat. El Ejecutivo central, según el diario El País, valoró la misma noche de la catástrofe declarar esa "emergencia de interés nacional". Algo que, finalmente, descartó por considerar que una declaración unilateral de este tipo habría sido como "aplicar un 155" a la comunidad autónoma. El Ejecutivo valenciano del PP, que decretó tras las inundaciones el nivel dos de alerta –puede pedir medios al Estado pero conservando el mando de la gestión–, no ha solicitado hasta el momento que se dé ese paso. Algo que sí han exigido, sin embargo, desde Génova. "Si esto no es una emergencia nacional, ¿qué lo es?", ha afirmado este lunes el líder de la formación conservadora, Alberto Núñez Feijóo, quien ha pedido estar unidos en el "dolor" como un "único pueblo". Contra el presidente valenciano, Carlos Mazón, va dirigida, precisamente, la segunda querella del partido ultra. Interpuesta ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, acusa al barón del PP de "abandono absoluto" en la gestión de la emergencia. "Ignoró la gravedad de la dana y las posibilidades existentes de preparar la emergencia a través del Plan Especial de Emergencias ante el Riesgo de Inundaciones de la Comunidad Valenciana (Patricova)", resume Iustitia Europa en un comunicado, en el que critica que Mazón no haya "solicitado el estado de alarma". Hace tres días, esa misma formación política publicaba un vídeo en el que decía que no era "el momento" de "buscar responsables".
Apuntan en la denuncia que el jefe del Ejecutivo valenciano "subestimó los riesgos" en sus comparecencias públicas, en alusión a aquella declaración en la que aseguraba que la alerta roja estaría, en principio, hasta las 18.00 horas –cuando lo peor de la dana estaba aún por llegar–. Y también critican que solicitase tarde la intervención de la Unidad Militar de Emergencias (UME). En este sentido, Mazón ha señalado este lunes que la Generalitat solicitó la presencia de la UME el pasado martes a las 15.21 horas. Y que una vez que se activa, tiene que ser el "mando operativo" de la misma el que solicite refuerzos. Unas declaraciones a las que ha respondido horas después el general jefe de la UME: "Quien dirige la emergencia y a dónde vamos y no es la comunidad autónoma. [...] Es el director de la emergencia quien da la autorización para entrar en la zona afectada". Estas declaraciones contrastan con el contenido de otra supuesta denuncia que se ha encargado de difundir en redes sociales un subinspector de Policía que fue candidato de Vox en las elecciones generales de 2019. Interpuesta por una particular en la comisaría del aeropuerto de Barajas, y cuya veracidad ni confirman ni desmienten desde el cuerpo, acusa a Sánchez, Marlaska y Margarita Robles –ministra de Defensa– de haber "retenido los recursos disponibles del Estado para el salvamento de personas atrapadas y desaparecidas", cuando lo cierto es que, por ejemplo, la UME se desplegó en cuanto tuvo luz verde de la Generalitat. Una denuncia fechada en la tarde del 1 de noviembre que, además, señala falsamente que es "público y notorio" que el Ejecutivo valenciano "ha requerido y solicitado que se active el estado de alarma".
La estrategia de pandemia
Antes de la trágica dana, la última gran catástrofe que se vivió en España fue la pandemia. Y también ahí la ultraderecha desplegó una intensa ofensiva en los tribunales. El líder de Manos Limpias, Miguel Bernard, se personó como acusación popular en el caso 8-M, que se impulsó contra el exdelegado del Gobierno en Madrid José Manuel Franco por no haber impedido los encuentros multitudinarios que tuvieron lugar en los días previos a la declaración del estado de alarma, entre ellos la marcha feminista. Un caso que finalmente acabaría siendo archivado: "Ninguna persona física o jurídica, pública o privada instó del delegado del Gobierno en Madrid a que prohibiera o restringiera de alguna forma la celebración de concentraciones o manifestaciones". La misma suerte corrieron las decenas de querellas que se interpusieron contra otros cuantos miembros del Ejecutivo central, de Gobiernos autonómicos o autoridades sanitarias. En la nómina de denunciantes y querellantes se encontraban sospechosos habituales: Vox, HazteOír, Abogados Cristianos, Pro-Lege... Pero chocaron con la Sala de lo Penal del Supremo: "La afirmación de que uno u otro miembro del Gobierno es autor de tantos delitos de homicidio o lesiones como víctimas se han producido en la pandemia, exigiría acreditar en términos médicos que el contagio que desencadenó el daño en todas y cada una de las víctimas tuvo su origen inmediato en decisiones u omisiones gubernamentales que precipitaron el fatal desenlace. Sin embargo, el estado actual de la medicina no permite proclamar ese enlace causal". Y luego vinieron las vacunas. El 17 de marzo de 2023, por ejemplo, la Asociación Liberum, bajo la dirección letrada de Luis María Pardo –ahora presidente de Iustitia Europa–, formuló en el Supremo una querella contra, entre otros, Sánchez, Pablo Iglesias –quien fuera vicepresidente segundo y ministro de Asuntos Sociales en pandemia–, Salvador Illa –ministro de Sanidad en pandemia–, el director general de la Organización Mundial de la Salud (OMS), la presidenta de la Comisión Europea y hasta la directora de la Agencia Europea del Medicamento. En ella, en palabras del Alto Tribunal, se dibujaba la "existencia" de una "confabulación" de gobernantes, farmacéuticas y medios de comunicación para "ofrecer un relato único sobre el origen y la bondad de las actividades médicas y de investigación realizadas para la obtención de vacunas". El escrito señalaba la existencia de "publicidad engañosa" sobre las "ventajas de la vacunación" que propiciaba una "falsa seguridad" y creaba un "caldo de cultivo" para el "odio y la estigmatización" de los no vacunados. Y cuestionaba la acción del Gobierno y de la Unión Europea en la compra de las vacunas. El Supremo, sin embargo, no dudó en dar carpetazo al asunto por no presentar los hechos narrados en base a recortes de prensa indicios de delito: "Las imputaciones son extremadamente genéricas". "La calificación jurídico-penal de un hecho no puede hacerse depender de la indignación colectiva por la tragedia ni por el legítimo desacuerdo con decisiones del gobierno que pueden considerarse desacertadas", sentenció el Alto Tribunal.