Claro que permite la libertad y progresar... La libertad de no llegar a fin de mes con esos espléndidos 700 eurillos, gracias a la precariedad laboral y progresar viviendo en el piso de tus padres "forever and ever". Y el esfuerzo y el talento también, pero fuera de nuestras fronteras.
Siempre es arriesgado poner ejemplos, pero igual prefiero lo de los setecientos euros al mes, que ser un ciudadano de Corea del Norte o en la Venezuela de hoy.
Pues de poco sirve tener toda la libertad individual del mundo, si luego tienes otro tipo de limitaciones, como las económicas, por ejemplo. Si no somos capaces de sacar del mercadeo los derechos fundamentales, el capitalismo no es un sistema válido, entendiendo como "sistema válido" el que permita vivir con dignidad a la persona que menos dinero gane con su trabajo.
Cosa que si han logrado en Venezuela y Cuba
Te he contado lo de la churrería de mi barrio? Que ya sabes que con el metro no hay distancias y a lo mejor te puedes acercar. Hacen unos churros que flipas...
Y además ya han hecho caso a la sugerencia del llobu, y van con instrucciones de uso, para que Séneca sepa qué hacer con ellos. Unos profesionales como la copa de un pino.
Salú y República.
No me digas que también los venden con lubricante...
Un juzgado de Madrid investiga ya el rescate de Plus Ultra
Abre diligencias previas a partir de una denuncia de Manos Limpias contra el expresidente de la SEPI y el consejo de Administración que aprobó las ayudas
La titular del Juzgado de Instrucción número 32 de Madrid, Esperanza Collazos, ha incoado diligencias de investigación sobre el proceso de rescate a la aerolínea Plus Ultra a partir de una denuncia por un posible delito de malversación y/o de prevaricación en aquella decisión aprobada por la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales que presidía Bartolomé Lora, actual vicepresidente de la entidad. Tal y como ha adelantado El Español y ha confirmado ABC en fuentes jurídicas, las diligencias se han abierto a partir de una denuncia de Manos Limpias, cuyo presidente está siendo juzgado estos días en la Audiencia Nacional por la Operación Nelson, después de que en un primer intento de cuestionar en los tribunales el proceso de rescate el asunto fuese sobreseído.
De acuerdo a las mismas fuentes, Manos Limpias aportó los informes esgrimidos por la SEPI para defender la operación que supuso un desembolso de 53 millones de euros -con un préstamo participativo por valor de 34 millones y un préstamo ordinario de 19 millones- en favor de una aerolínea relacionada con el chavismo y que lleva en pérdidas prácticamente desde su constitución. Fue a partir de esos informes que se incoaron las diligencias previas..... No puede ser que este gobierno sociata-podemita se salte el estado de derecho con total impunidad. [Tienes que estar registrado y conectado para ver este vínculo]
Bruselas niega que haya una "investigación formal" sobre Plus Ultra a pesar de los intentos de PP, Ciudadanos y Vox
"La Comisión Europea ha aprobado un fondo español de 10.000 millones para dar apoyo a las empresas afectadas por la pandemia, y corresponde a los Estados miembros seleccionar a los beneficiarios y garantizar el cumplimiento de las condiciones", afirma el Ejecutivo comunitario, que recibió seis preguntas en dos semanas sobre Plus Ultra
El caso Plus Ultra ha aterrizado en Bruselas. Pero, de momento, no despega ninguna "investigación formal" de la Comisión Europea sobre la decisión del Gobierno español de conceder 53 millones de euros a la aerolínea. Una ayuda que, de momento, ha sido paralizada por los tribunales ante las dudas de que sea "justificada", después de sendas denuncias de Vox y Ciudadanos, ante la justicia ordinaria y el Tribunal de Cuentas, respectivamente. La justificación tiene que ver con que sea una empresa viable con pérdidas causadas por la pandemia y que la empresa tenga un elemento estratégico en su sector. El Estado ya había facilitado un préstamo por valor de 19 millones y lo que ha parado provisionalmente la justicia es el segundo tramo, de 34 millones.
Desde que la ayuda a Plus Ultra fue aprobada por el Gobierno, en marzo pasado, se han sucedido seis preguntas parlamentarias de miembros de PP (Esteban González Pons y José Antonio Millán Món); Ciudadanos (Luis Garicano y José Ramón Bauzá) y Vox (Jorge Buxadé), además de un escrito registrado por Garicano ante la Dirección General de Competencia que no fue calificado como "denuncia formal" sino como "información de mercado" por no ser el portavoz de Ciudadanos considerado como "parte interesada" por Bruselas.
Este jueves, el portavoz de Ciudadanos y vicepresidente de Renew Europe ha hecho públicos documentos intercambiados con Bruselas a raíz de la queja que presentó ante Competencia en abril, lo cual permite acceder a los argumentos del Gobierno para defender la concesión de la ayuda a la línea aérea. En efecto, Bruselas, después de recibir el escrito de Garicano, pidió información a España y, posteriormente, ofreció a Garicano la posibilidad de argumentar sobre lo expuesto por el Gobierno. Sin embargo, después de evaluarlo todo, llegó a la conclusión de que no podía tratar el escrito de Garicano como "una denuncia formal, sino como información de mercado".
"No existe una investigación formal sobre esta medida", insistían este jueves por la tarde los portavoces de la Comisión Europea, en contra de lo anunciado por Ciudadanos.
En general, la información de mercado sobre las presuntas ayudas no notificadas o supuestamente mal utilizadas pueden servir al Ejecutivo comunitario para decidir investigar un asunto por propia iniciativa sobre la base de una serie de factores, incluido su posible impacto en el mercado interior.
Mientras las quejas deben ser presentadas por partes interesadas, como competidores o asociaciones comerciales de competidores, que puedan verse directamente afectados por la supuesta ayuda, la información de mercado puede provenir de cualquier fuente.
"La Comisión Europea no tiene ningún comentario concreto sobre los expedientes recientes ni, de manera más general, sobre el apoyo español a Plus Ultra en esta etapa. No existe una investigación formal sobre esta medida", explica una fuente comunitaria.
"El 31 de julio de 2020, la Comisión aprobó un fondo español de 10.000 millones de euros para proporcionar apoyo de deuda y capital a las empresas afectadas por el brote de coronavirus. La Comisión Europea también ha aprobado varios esquemas españoles para apoyar a las empresas en el contexto del brote de coronavirus en forma de garantías públicas o préstamos públicos", prosigue la portavoz comunitario: "Corresponde a los Estados miembros seleccionar a los beneficiarios de un régimen aprobado en el marco temporal y garantizar el cumplimiento de las condiciones del régimen, así como de las normas nacionales y de la UE en general".
La respuesta, de este mismo jueves, va en la línea de lo respondido, también, a las seis preguntas parlamentarias de los eurodiputados sobre el asunto presentadas en dos semanas y despejadas todas por la Comisión Europea.
En la primera, presentada por Esteban González Pons (PPE) el 10 de marzo pasado, hablaba de vínculos con Nicolás Maduro y preguntaba si "están justificadas las ayudas" y si "en España hay mecanismos de control suficientes para evitar ayudas tan sospechosas como esta". En su respuesta, la vicepresidenta de Competencia de la Comisión Europea, Margarethe Vestager, afirma: "Corresponde a las autoridades de los Estados miembros decidir si un plan debe apoyar a determinadas empresas, así como garantizar que se cumplan las condiciones y salvaguardias de los planes aprobados por la Comisión y, de manera más general, que las medidas de ayuda concedidas en virtud de tales planes sean conformes con las normas sobre ayudas estatales de la UE. Solo las medidas de recapitalización que superen los 250 millones deben ser notificadas individualmente a la Comisión y evaluadas por ésta. La ayuda concedida a Plus Ultra Airlines S.A. no fue notificada individualmente a la Comisión porque se sitúa por debajo de este umbral".
Dos semanas después, el 24 de marzo, Garicano preguntaba "¿Examinará la Comisión estas medidas?". Y la respuesta de Vestager insistía en los mismos argumentos, si bien destacaba que el Gobierno debía ser transparente: "Corresponde principalmente a las autoridades de los Estados miembros decidir si un plan aprobado con arreglo al citado Marco Temporal debe apoyar a determinadas empresas en concreto, y garantizar que se cumplen las condiciones y salvaguardias de los regímenes aprobados por la Comisión. Solo las medidas de recapitalización que superen los 250 millones deben ser notificadas individualmente a la Comisión y evaluadas por esta. Además, la Comisión puede supervisar los regímenes aprobados en lo que respecta a la correcta aplicación del Marco Temporal y de las decisiones de la Comisión relativas a recapitalizaciones individuales que no requieren notificación individual. Por otra parte, con arreglo a la Decisión por la que se aprueba el plan español de recapitalización, España se comprometió a publicar información sobre cada ayuda individual concedida en virtud de dicho régimen".
El mismo 24, Millán Mon presentó otra pregunta sobre el mismo asunto, en esta ocasión haciendo más hincapié en el enfoque venezolano de la cuestión: "¿Qué medidas ha adoptado o adoptará la Comisión para asegurarse de que los hechos no constituyen un incumplimiento del Reglamento relativo a medidas restrictivas habida cuenta de la situación en Venezuela?" Y en este caso, el que respondía era el vicepresidente de la Comisión Europea y Alto Representante para la Política Exterior, Josep Borrell: "El Fondo de apoyo a la solvencia de empresas estratégicas mencionado en la pregunta ha sido creado a nivel nacional por el Gobierno de España1. El régimen de recapitalización aprobado por la Comisión no está financiado con fondos de la UE. Las medidas de apoyo en el marco de este régimen por debajo del umbral de 250 millones no necesitan ser notificadas individualmente a la Comisión o evaluadas por ella. Corresponde en primer lugar a los Estados miembros garantizar el cumplimiento de las normas y condiciones de la UE en el marco de los regímenes aprobados".
Un día después, era Jorge Buxadé (Vox) quien presentaba dos preguntas sobre Plus Ultra a la Comisión Europea. La primera era: "¿Cumple esta ayuda la normativa europea sobre ayudas estatales?". Y la respuesta de Vestager era calcada a la de Garicano: "Solo las medidas de recapitalización que superen los 250 millones deben notificarse individualmente a la Comisión, para que esta las evalúe. Dado que la ayuda a Plus Ultra Airlines S.A. está por debajo de este umbral, no fue notificada a la Comisión ni, por tanto, evaluada por ella. Incumbe en primer lugar a las autoridades nacionales garantizar que se cumplan las condiciones y salvaguardias de los regímenes aprobados por la Comisión y que, de manera más general, se cumpla la normativa referente a las ayudas estatales. Además, la Comisión puede supervisar los regímenes aprobados en lo que respecta a la correcta aplicación del Marco Temporal y de las decisiones de la Comisión relativas a los regímenes de recapitalizaciones que no requieran de notificación individual. En virtud también de la decisión por la que se aprueba el régimen español de recapitalización, España se comprometió a publicar información sobre cada ayuda individual concedida en virtud del régimen".
Y la segunda era: "¿Tiene la Comisión constancia o está investigando irregularidades en la actividad de esta compañía aérea?" A lo que la comisaria europea de Transportes, Adina-Ioana Vălean, respondía: "Las autoridades competentes para la concesión de licencias de los Estados miembros son responsables de examinar el cumplimiento de los requisitos aplicables cada vez que se sospeche de un posible problema. En caso de que se produzca un cambio en uno o más elementos que afecten a la situación jurídica de una compañía aérea de la UE, corresponde a estas autoridades decidir si es necesario volver a presentar la licencia de explotación para su aprobación. En el caso de Plus Ultra Líneas Aéreas S.A., por lo tanto, este es un asunto que compete en primer lugar a la autoridad española".
Y ese mismo día, el 25 de marzo, José Ramón Bauzá (Ciudadanos), registraba una cuestión parecida: "¿Supone la concesión de ayudas a la aerolínea Plus Ultra Líneas Aéreas una violación del Derecho comunitario?" Una pregunta respondida por la comisaria Vălean de forma similar a como respondió a Buxadé y a como Vestager respondió anteriormente: "Más del 50% de la propiedad de todas las compañías aéreas de la UE y su control efectivo deben recaer sobre nacionales de la UE. Las autoridades competentes para la concesión de licencias en los Estados miembros son responsables de examinar el cumplimiento de los requisitos aplicables. Por tanto, el caso de Plus Ultra Líneas Aéreas S.A. compete en primera instancia a las autoridades españolas. La Comisión entiende que la ayuda a esta compañía se concedió en virtud del plan español de recapitalización, aprobado por la Comisión con arreglo al Marco Temporal relativo a las medidas de ayuda estatal destinadas a respaldar la economía en el contexto del actual brote de COVID-19 . Según dicho Marco y el mencionado plan, el Estado miembro solo debe notificar individualmente las medidas de recapitalización que superen los 250 millones para que la Comisión las evalúe. Dado que la ayuda a Plus Ultra Airlines S.A. está por debajo de este umbral, no ha sido notificada ni ha sido evaluada por la Comisión. Corresponde, en primer lugar, a las autoridades del Estado miembro garantizar que se cumplen las condiciones y salvaguardias de los planes aprobados por la Comisión y que, de manera más general, las medidas de ayuda concedidas en virtud de los planes aprobados cumplen las normas sobre ayudas estatales".
La Justicia desbloquea los 34 millones restantes del rescate a Plus Ultra
"No hay indicios objetivos" del delito de fraude; tampoco "aparece delito de cohecho alguno ante la absoluta falta de referencia a la dávida o contraprestación por el presunto otorgamiento fraudulento de la ayuda", ni delito de tráfico de influencias
El juzgado de Instrucción número 15 de Madrid ha desbloqueado la entrega de los 34 millones de euros que Plus Ultra tenía aún pendientes de recibir en concepto del rescate público acordado por el Fondo de Ayuda a la Solvencia de las Empresas Estratégicas que gestiona la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI).
En un auto al que ha tenido acceso Efe, el juez en funciones de sustitución Jaime Serret atiende las alegaciones de la compañía y el escrito de la Fiscalía de Madrid, también partidaria de levantar el bloqueo al no apreciar delito y para evitar una situación de falta de liquidez a clientes y acreedores.
De esta forma, revoca el auto dictado por la titular del juzgado, Esperanza Collazos, el pasado 22 de julio, por el que suspendió el rescate a la aerolínea a la espera de las alegaciones de la Fiscalía y de la justificación del mismo por parte de la empresa.
El auto estima el recurso presentado por la aerolínea, por lo que ha desbloqueado el abono que quedaba pendiente de la ayuda de 53 millones de euros concedida a la compañía por el Gobierno. La suspensión de la entrega del préstamo participativo de 34 millones de euros "puede suponer el riesgo de insolvencia definitiva de Plus Ultra, obligándola a dejar de operar y creando un perjuicio a los pasajeros que han pagado por anticipado".
En el marco de su resolución, la instructora ha precisado que la medida cautelar adoptada no estaba dirigida al "embargo de una cantidad para asegurar una responsabilidad civil o el decomiso de una cantidad ilícita". Así, ha explicado que se trataba de una "suspensión temporal" para "evitar la consumación definitiva de un posible delito de malversación o fraude de subvenciones mientras se comprueba la existencia de estos posibles delitos".
La magistrada ha asegurado que, aunque "todavía no se ha producido ningún perjuicio a la administración", en la causa se investiga la "hipótesis de haber estregado estos préstamos a una empresa en crisis sin ninguna posibilidad" de devolver los importes adquiridos.
"No hay indicios" Según consta en la resolución, "por ahora y a la espera de la pericial judicial", la instructora considera que "no hay indicios objetivos" del delito de fraude en la obtención de ayudas públicas, "salvo las alegaciones de las acusaciones populares".
También ha asegurado que "por ahora no aparece delito de cohecho alguno ante la absoluta falta de referencia a la dávida o contraprestación por el presunto otorgamiento fraudulento de la ayuda", ni delito de tráfico de influencias, "pues tampoco hay referencia alguna a ninguna situación objetiva de prevalimiento, por razones de amistad, parentesco, jerarquía a la que debe sumarse un acto de influencia".
En este sentido, la resolución subraya que el Fondo de Apoyo a la Solvencia de Empresas Estratégicas (FASEE) aprobó la ayuda pública de 53 millones a Plus Ultra "tras el filtro de los informes de un asesor financiero exterior y un asesor legal externo", quienes "comprobaron" el cumplimiento de los requisitos establecidos en la normativa para otorgar ayudas a la solvencia de "empresas estratégicas".
La aerolínea alegó en su recurso que no había "situación de riesgo" que justificara la suspensión de la entrega del préstamo dado que en el contrato figuran "mecanismos de control en manos de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) para intervenir la gestión de la compañía y asegurar el reintegro" del dinero. El argumento de Plus Ultra fue respaldado por la Fiscalía en el escrito de 30 de julio presentado ante el juzgado.
La Abogacía del Estado, por su parte, aseguró que había "ausencia de indicios de criminalidad" y que no había "situación de peligro para el patrimonio público", por lo que consideraba que la medida adoptada por el juzgado no tenía "encaje legal" al "no haber perjuicio económico causado (conforme ha expuesto la IGAE) no hay responsabilidad pecuniaria alguna que embargar o afianzar como responsabilidad civil", según recoge el auto de la magistrada.
Las acusaciones populares ejercidas por el PP y Vox se mostraron en contra del recurso interpuesto por la aerolínea. En la resolución de este lunes, la juez ha remarcado que "respecto a algunas calificaciones provisionales" aportadas por ambos partidos "no hay el más mínimo indicio" y que se ha limitado a "transcribir artículos del Código Penal y su jurisprudencia sin engarzarlo con los hechos denunciados".
Si aceptais las decisiones de la justicia, aceptadlas siempre, no sólo cuando os convengan...
Yo sólo las acepto cuando me parecen justas. La Justicia española es un disparate, y votante mayoritaria de VOX. Ese es su nivel.
Así pasa luego, que la justicia europea nos tiene que dar algún que otro tirón de orejas...
Lógico. Alemania y Francia establecen líneas rojas con los fascistas y nosotros los colocamos en los altos tribunales.
Que tontearía, quien coloca , quita y pone a jueces y fiscales son los políticos , lo hemos visto en un montón de veces, que no me gusta como va la cosa, te asciendo, degrado o traslado
Si aceptais las decisiones de la justicia, aceptadlas siempre, no sólo cuando os convengan...
Yo sólo las acepto cuando me parecen justas. La Justicia española es un disparate, y votante mayoritaria de VOX. Ese es su nivel.
Así pasa luego, que la justicia europea nos tiene que dar algún que otro tirón de orejas...
Lógico. Alemania y Francia establecen líneas rojas con los fascistas y nosotros los colocamos en los altos tribunales.
Que tontearía, quien coloca , quita y pone a jueces y fiscales son los políticos , lo hemos visto en un montón de veces, que no me gusta como va la cosa, te asciendo, degrado o traslado
Eso lo sabemos todos. Y la cúpula actual del Poder Judicial es la que se colocó con el Gobierno del PP, y se niegan a renovarla porque tienen demasiados juicios por corrupción pendientes. Y sus amiguetes los tratan muy bien. Como estamos viendo.
Si aceptais las decisiones de la justicia, aceptadlas siempre, no sólo cuando os convengan...
Yo sólo las acepto cuando me parecen justas. La Justicia española es un disparate, y votante mayoritaria de VOX. Ese es su nivel.
Así pasa luego, que la justicia europea nos tiene que dar algún que otro tirón de orejas...
Si, pero como no tienen unas fuerzas de seguridad que respalde sus sentencias son papel mojado
Derecho Comunitario
... el Derecho comunitario tiene autonomía con respecto al Derecho interno de los Estados. Además, confiere derechos e impone obligaciones directas tanto a las instituciones comunitarias como a los Estados miembros y a sus ciudadanos, en el marco del denominado efecto directo del Derecho comunitario.
Salú y República.
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Yo sólo las acepto cuando me parecen justas. La Justicia española es un disparate, y votante mayoritaria de VOX. Ese es su nivel.
Así pasa luego, que la justicia europea nos tiene que dar algún que otro tirón de orejas...
Si, pero como no tienen unas fuerzas de seguridad que respalde sus sentencias son papel mojado
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