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 NERVIOSISMO E IRRITACIÓN EN EL ESTADO ESPAÑOL

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MensajeTema: NERVIOSISMO E IRRITACIÓN EN EL ESTADO ESPAÑOL   NERVIOSISMO E IRRITACIÓN EN EL ESTADO ESPAÑOL EmptyDom Jun 20, 2021 1:44 pm

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NERVIOSISMO E IRRITACIÓN EN EL ESTADO ESPAÑOL


(Puede interpretarse el deseo de los indultos por parte de Sánchez)

Boriss Cilevics hizo una visita a los presos políticos catalanes el febrero del año pasado y quedó impactado. Cilevics es un veterano político socialista de Letonia, miembro de la delegación de su país en la Asamblea Parlamentaria del Consejo de Europa, un organismo que se encarga de velar por el respeto a los derechos humanos, la democracia y el estado de derecho en cuarenta y siete estados de Europa, más allá de la UE. Ha sido el relator de una misión de este organismo que durante un año y medio ha examinado la situación de los presos políticos catalanes en el Estado español y kurdos en Turquía y ha elaborado un informe que ya fue aprobado en comisión y que mañana se votará a la Asamblea. Un informe muy duro que exige la liberación de los presos y la retirada de las euro órdenes, y que ha causado un gran nerviosismo e irritación en el Estado español.

Cuando Cilevics salió de Lledoners y se hubo reunido por videoconferencia con Carme Forcadell y Dolors Bassa, no hizo declaraciones públicas sobre sus impresiones. Las reuniones que tuvo con los presos fueron largas, casi toda una tarde. En el informe que se someterá mañana a validación final, el socialista letón dice bien claramente que estaspersonas no tendría que estar en la prisión. Después de muchos meses documentándose y haciendo una aproximación al caso, la visita le ha servido para confirmar que las condenas son desproporcionadas y que la justicia española ha hecho un abuso del estado de derecho para silenciar los dirigentes políticos independentistas.

Unos días antes se había reunido con miembros del Gobierno español y con los fiscales del Supremo del juicio contra el proceso. Según transcendió a la prensa española, aquellas reuniones fueron de una alta tensión, porque el político letón recriminó a los fiscales que las penas por el 1-O fueran tan altas. Entonces, aquella misión fue ninguneada por las autoridades españolas y por la mayoría de los principales medios de Madrid. Pero ahora, un año después, con el informe definitivo aprobado en comisión y con muchas posibilidades que salga adelante también enla Asamblea Parlamentaria, la actitud ha cambiado; el Gobierno español ha probado hacer una lectura tergiversada, algunas asociaciones de jueces españoles han exigido a Pedro Sánchez que lo pare y PP y PSOE han movido hilos porque se puedan eliminar las partes más duras del texto. ¿Por qué tanta alarma? Porque este informe no tan solo es muy contundente contra la represión española, sino porque puede ser el precedente más claro y rotundo que tenga en cuenta el Tribunal Europeo de los Derechos Humanos (TEDH) a la hora de examinar los recursos de los presos, que ya le han empezado a llegar.

De entrada porque el Tribunal de Estrasburgo depende orgánicamente del Consejo de Europa. Y el autor del informe fue presidente de la Comisión de Elección de los Jueces del TEDH entre 2016 y el 2018. Es decir, que conoce muy bien tanto el funcionamiento de la institución como la jurisprudencia del tribunal, y esto se nota, y mucho, de cabo a rabo del informe. El texto tiene una primera parte con unas peticiones a todos los estados miembros del Consejo de Europa, otras de específicas para Turquía y otras para España.

La comisión parlamentaria pide a las autoridades españolas que reformen los delitos de rebelión y de sedición porque “no puedan interpretarse como si quedara sin efecto la despenalización de la organización de referéndums ilegales de 2005, y que no lleven a sanciones desproporcionadas por transgresiones no violentas”. Añade que “se considere el indulto o la excarcelación” de los presos políticos “condenados por su papel a la organización del referéndum inconstitucional y las manifestaciones multitudinarias pacíficas relacionadas”. Y todavía más, pide que se deje de perseguir los exiliados y los numerosos ex-altos cargos acusados y pendientes de juicio “relacionados con el referéndum de 2017”. Y también, en referencia al presidente Quim Torra, pide que se retiren las sanciones contra los políticos sucesores de los presos por haber llevado a cabo acciones expresando simplemente su solidaridad por el encarcelamiento.

He aquí la parte resolutiva del informe, la más relevante. Pero son cuatro páginas, de la treintena que tiene todo el documento, que recogen el memorándum de Cilevics. Es en esta parte donde toma más importancia el informe en orden al Tribunal de Estrasburgo, porque es rellenado de casos precedentes, de jurisprudencia acumulada, que justificarían una condena en el Estado español por haber violado unos cuántos derechos fundamentales de los presos catalanes. Cilevics deja muy claro que tendrá que ser el tribunal quien tome de una manera independiente y razonada las decisiones en relación con los recursos de los presos. Pero deja muy apuntado todo un recorrido argumental desde el punto de vista jurídico que será muy difícil de rebatir por parte de la abogacía del estado español.

El texto menciona algunos de los artículos del Convenio Europeo de los Derechos Humanos (en que se basa el TEDH para dictaminar) que se pueden haber violado: “Según mi opinión, una interpretación tan amplia del delito de sedición, junto con la despenalización explícita de la organización de un referéndum ilegal, podría crear un problema de “nullum crimen, nulla poenasine lege” (es decir, que no puede haber delito si las acciones no están recogidas como delitos legalmente) en virtud del artículo 7 del Convenio. Además, una interpretación que penalice la organización de manifestaciones pacíficas por el único motivo del gran número de participantes podría considerarse una violación de la libertad de reunión protegida por el artículo 11 y no superar la prueba de proporcionalidad del Tribunal.”

Cilevics se hace cruces que por la manifestación del 20-S haya condenas de sedición. “¿Es posible que el ejercicio de un derecho fundamental acontezca un delito grave simplemente porque hay mucha gente que lo ejerce a la vez? Francamente, no lo pienso […]. Las manifestaciones multitudinarias fueron pacíficas de manera impresionante. Los videos difundidos son muy claros.”

Apunta otro artículo del Convenio, el 10, párrafo segundo, que “prácticamente no deja espacio para las restricciones de la libertad de expresión en el ámbito del debate político”. Es uno de los puntos fundamentales del artículo, tanto en relación con Turquía como con el estado español. Y es importante porque el informe versa sobre la persecución judicial de políticos disidentes por sus expresiones y opiniones políticas. Cilevics dice que el hecho de expresar la ideología independentista en el Estado español no es motivo para estar perseguido o penalizado. Pero que en los casos de los presos y de los organizadores del referéndum sí que hubo una intromisión judicial en este derecho, una penalización por haber querido debatir opiniones políticas inconstitucionales.

Recoge todo de jurisprudencia que dibuja claramente cuáles son los límites de las expresiones y las acciones políticas consideradas inconstitucionales: no pueden ser violentas ni atizar el discurso del odio. Una resolución del TEDH de 2019 de inadmisión de un recurso de Forcadell sobre la convocatoria del pleno parlamentario posterior al 1-O prohibido por el Supremo decía que aquella prohibición estaba justificada porque no se hacía de acuerdo con el ordenamiento jurídico. Pero Cilevics observa que aquella resolución, a menudo blandida por parte de políticos unionistas, no justificaba el castigo contra Forcadell, el encarcelamiento entonces preventivo, sino que dice que podría ser justificada una sanción, pero que se tendría que examinar cada caso por separado, cada acción concreta, y ver si ha habido desproporción en el castigo.

Es justamente esto que reprocha el relator al Estado español, estas penas extraordinariamente altas por actos políticos, con criterios vaporosos. Hay sentencias del TEDH contra España que son precedentes: la del 1992 por haber violado la libertad de expresión del senador de Herri Batasuna Miguel Castells; la de 2018 de los gerundenses Roura y Stern por haberles violado la libertad de expresión en la quemadura de fotografías del rey español; hay un precedente en Hungría que establece que el discurso político en un parlamento disfruta de un elevado nivel de protección que queda reflejado en la regulación sobre la inmunidad parlamentaria, y hay más precedentes en elTEDH en que discursos secesionistas penalizados y castigados son después revocados porque no incitaban a la violencia y porque favorecían el debate político, en Nueva Caledonia, en Turquía…

Pero no se limitó a mencionar todos estos precedentes, sino que tuvo una reunión con tres ex-magistrados del TEDH en Berlín, con uno belga, uno español y otro turco, y los tres validaron su interpretación jurídica de los precedentes que pueden servir para condenar España y Turquía en Estrasburgo.

¿
Y por qué España y Turquía salen juntos en un informe? Los jueces españoles se quejaban mucho el viernes. Cilevics explica que ha elaborado el informe sobre España y Turquía porque son “los dos países a Europa donde hay el número más alto de políticos electos perseguidos o encarcelados”. Dice que ya abrió el informe a más casos en otros países, pero que no le llegaron. Y que en el caso de Navalni ya hay un informe específico al Consejo de Europa.

El lunes por la tarde se verá si este texto tan contundente es aprobado a la Asamblea Parlamentaria íntegramente o hay algunos cambios. Parlamentarios socialistas españoles y del PP español han presentado media docena de enmiendas que pretenden corregir las partes más vergonzosas para el Estado español. Son enmiendas para limitar los indultos, que el presidente Torra no esté incluido (alegando que según ellos vulneró el principio de neutralidad de las instituciones), y que quieren dejar dicho que el 1-O contravino los criterios sobre la organización de referéndums de la Comisión de Venecia, que también depende del Consejo de Europa.


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