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 Libertad para Otegi.

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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyDom Jul 07, 2013 11:47 pm

Pero es que yo quedé perpleja, porque en verdad suelo personalizar, pero en este caso estaba debatiendo de lo más tranquila, en verdad no me está quedando claro qué pasó, que dije, y cómo lo dije, como para encontrar esas reacciones (en este caso puntual).  confused
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyDom Jul 07, 2013 11:55 pm

Si, pero no hay que darle mas importancia, lo que queda escrito se lee y que cada uno saque sus consecuencias. 

Bueno me voy a descansar un rato. Un abrazo maja. flower
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Pur
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 1:23 am

uuyysss pobre... pero es muy breve, probá con el diario Clarín o con Intereconomía (a saber, según lo que impere en chuchelandia  Razz). Digo, así la gracia te dura más, ya te expliqué que un minuto es poco :diente:
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 2:14 am

Pur escribió:
Pero es que yo quedé perpleja, porque en verdad suelo personalizar, pero en este caso estaba debatiendo de lo más tranquila, en verdad no me está quedando claro qué pasó, que dije, y cómo lo dije, como para encontrar esas reacciones (en este caso puntual).  confused

 Maja no te preocupes,ja,ja.

Todos sabemos que eres la virtud hecha usuari@.

Incapaz de insultar a nadie. Razz
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 2:28 am

No, yo soy mala mala mala, pero vos y Curtin deberían ser semi inteligentes como Semper Fi e ignorarme (no insistan, dejen el sado masoquismo para la intimidad de los dos, que yo más daño del que les hago no voy a poder hacerles Razz)
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 3:29 am

la verdad es que ya me aburrí. Razz

Te dejo con el otro de la república bananera. Razz
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 7:14 am

Otegi es un preso político.

Yo considero que si por decir un par de frases te pueden meter en la cárcel es que este país no es una República Bananera. Es un Estado Represor y totalitario que no en nuestro derecho de libertad.

En su día este señor si fue un terrorista pero ya pago por sus crímenes. Lo mismo pasa con de juana que por escribir una carta lo querían volver ha encerrar. El Generalísimo nunca murió se reciclo en la Democracia bananera de este país.

Si a algún forero le duelen mis palabras solo le diré una cosa: La verdad esta allá fuera abre las ventanas y podrás verla.
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 7:48 am

curtin escribió:
Maja? es lo más gracioso que he leído!

Rolling Eyes El significado viene de las majas de Goya, creo, en mi pueblo se le dice a las personas simpáticas, hermosas, vistosas, cultas, pero también se puede decir majo, aunque hay que tener más confianza porque puede dar lugar a malos entendidos, jocolor  pero siempre es mejor eso,  que entrar con otra intención en el foro, al fin de cuentas aquí no nos conocemos,  y digamos lo que digamos son opiniones nuestras, la verdad no la tenemos casi nadie, y menos de lo que desconocemos.
Un saludo. albino 
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 12:00 pm

Semper Fi escribió:
Me imagino cuan represor sería el Estado fundado por los asesinos de Eta. En comparación, prefiero que me reprima una monarquía constitucional que una arcadia nacionalista.

 Bueno, prefiero una democracia en la que se pueda elegir a los representantes, y quitarles si lo hacen mal, incluido al Rey.
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Rhhevoltaire
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 12:44 pm

Semper Fi escribió:
Pues con todo respeto, señor tinajas, le tengo que decir, que no puede estar más equivocado, porque los "pueblos", las "naciones", los "estados" o las "sociedades", nunca, no son sujetos de derecho, nunca, no, en ninguno de los documentos de constitución democrática que han existido, nunca, no, en ninguna declaración de derechos universal.

 http://es.wikipedia.org/wiki/Derecho_de_autodeterminaci%C3%B3n

Derecho de autodeterminación
Saltar a: navegación, búsqueda
Para otros usos de este término, véase Autodeterminación.
El derecho de libre determinación de los pueblos o derecho de autodeterminación es el derecho de un pueblo a decidir sus propias formas de gobierno, perseguir su desarrollo económico, social y cultural, y estructurarse libremente, sin injerencias externas y de acuerdo con el principio de igualdad. La libre determinación está recogida en algunos de los documentos internacionales más importantes, como la Carta de las Naciones Unidas[cita requerida] o los Pactos Internacionales de Derechos Humanos, aunque no en la Declaración Universal de los Derechos Humanos. También numerosas resoluciones de la Asamblea General de la ONU hacen referencia a este principio y lo desarrollan: por ejemplo, las resoluciones 1514 (XV), 1541 (XV) ó 2625 (XXV), relativas al derecho de autodeterminación de los pueblos coloniales. Es un principio fundamental del Derecho internacional público y un derecho de los pueblos, que tiene carácter inalienable y genera obligaciones erga omnes1 para los Estados. Incluso, de acuerdo con muchos autores, la libre determinación ha devenido norma de ius cogens.2
El concepto de libre determinación tiene una gran fuerza y un carácter especialmente polémico. El Comité de Derechos Humanos ha puesto de manifiesto su naturaleza fundamental al señalar que es requisito necesario para la plena efectividad de los derechos humanos individuales. Pero su mención en el discurso político contemporáneo puede levantar temores de desestabilización, incluso violenta; también se ha asociado con posiciones políticas extremistas y chauvinismos étnicos.3 El principio no se vincula exclusivamente con el nacionalismo: por ejemplo, el marxismo define la libre determinación como el fundamento para el derecho del proletariado para autogobernarse (cita faltante). La Revolución francesa se considera un paradigma básico de cómo el pueblo derrocó la monarquía y la aristocracia en el poder, y estableció un régimen republicano donde el pueblo se gobernaría a sí mismo.4
Esta multiplicidad de sentidos se deriva de que la libre determinación está estrechamente ligada al término «pueblos», término que es a su vez problemático y que no ofrece un único significado. Por el contrario, tanto la doctrina como los Estados u otros agentes internacionales han tratado de hacer valer sus respectivas concepciones.5 A partir de 1960, la definición de los pueblos coloniales como sujetos de la libre determinación supuso un impulso esencial para la descolonización y colaboró en una auténtica universalización de la sociedad internacional. Una concepción mayoritariamente occidental considera también «pueblo» al conjunto de habitantes de un Estado unitariamente considerado, mientras que diversas minorías nacionales o pueblos indígenas dentro de Estados se han autodefinido como pueblos. Sus reivindicaciones ponen de manifiesto la tensión y los conflictos que existen entre el derecho de libre determinación de los pueblos y la integridad territorial de los Estados.
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Liptuan
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 12:50 pm

Tinajas escribió:
Liptuan escribió:
[Tienes que estar registrado y conectado para ver esa imagen]

 scratch Es que los obreros somos gente culta study  albino

yo no digo lo contrario
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http://otroslugaresyseres.wordpress.com/
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CortoCortito
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyLun Jul 08, 2013 3:41 pm

Pues lo mismo Declaración Universal de los Derechos colectivos de los Pueblos viene a identificar a los pueblos como sujetos de derecho, como por otra parte reconoce el derecho internacional, que no tendría sentido sin ese reconocimiento. Pero bueno cualquiera sabe tal vez querían decir otra cosa.
 http://www.ciemen.org/pdf/esp.PDF





Considerando los progresos conseguidos, en particular desde hace dos

cientos años, a partir de la “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano”, en la toma de

conciencia sobre la igualdad de todas las personas humanas;

Considerando que una de las grandes aportaciones a la comprensión de

esta igualdad ha sido el reconocimiento de la diferencia de los seres humanos por razón de la lengua,

cultura, pertenencia a un pueblo concreto …, como lo proclamó la “Declaración Universal de los

Derechos Humanos proclamada por la ONU en 1.948;

Considerando que los derechos individuales a la igualdad y a la diferencia

sólo pueden realizarse plenamente dentro del marco de los pueblos concretos en relación a uno de

los cuales cada persona se identifica;

Considerando que cada pueblo es el sujeto exclusivo de sus propios

derechos colectivos e inalienables a la igualdad y a la diferencia;

Considerando que la “Carta de la ONU” ha afirmado y reconocido, en su

artículo 1.2 la necesidad de “desarrollar entre las naciones relaciones amistosas fundadas en el

principio de igualdad de los derechos de los pueblos y de sus respectivos derechos a disponer de

ellos mismos”; que otros textos de la ONU, como los diversos “Pactos Internacionales” relativos a los

derechos políticos, sociales, económicos, culturales, etc… precisan más el alcance de los derechos

colectivos; como la “Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas”, nos lleva a interpretar,

para comprender su pleno sentido, todos los derechos individuales a la luz de los derechos colectivos;

Considerando que, en aplicación de estos principios, numerosos pueblos

pueden no tan solo ejercer su derecho a la autodeterminación y tomar en sus manos la soberanía y la

independencia que les corresponde, sinó también pueden profundizar en su cohesión interna y en su

solidaridad con los otros pueblos;

Constatando, a pesar de todo, que los derechos colectivos así afirmados no

han podido ser todavía reconocidos y llevados a la práctica en el conjunto de los pueblos, y que

perduran sobre el planeta conflictos y enfrentamientos derivados de la negación y de la limitación en el

ejercicio de estos derechos;

Constatando que las mencionadas situaciones tienen efectos jurídicos y

políticos en la organización de la sociedad humana que institucionalizan, en el derecho internacional,

desigualdades y discriminaciones entre los pueblos, y que esta organización se encuentra,

esencialmente, a la merced de los poderes estatales constituidos y de los organismos que ellos crean

y controlan;

Considerando que los Estados constituidos monopolizan las relaciones

entre los pueblos, otorgándose el poder de fijarles niveles de participación en la vida internacional, a

pesar de que los pueblos sean los únicos sujetos y fuente de derechos de en todas las dimensiones

colectivas;

Considerando que para asegurar y mantener su dominio sobre áreas

geográficas determinadas y conservar su monopolio de decisión en las relaciones internacionales, los

poderes estatales constituidos imponen modelos institucionales que confunden la ciudadanía y la

nacionalidad, y se permiten, de esta manera, sea vetar la existencia de los pueblos sea someterlos,

con diversos estatutos jurídicos (que llevan nombres como autonomía, regionalización,

descentralización y otros) a limitaciones de soberanía o a situaciones de dependencia;

Constatando que, éstos últimos años, la sociedad civil ha elaborado diversas

propuestas para promover el reconocimiento de los derechos de los pueblos, en particular desde la

proclamación de la “Declaración de los Derechos de los Pueblos” publicada en Alger en 1.976;

Constatando, asimismo, que las diversas iniciativas hechas en esta

dirección acostumbran a admitir, todavía, restricciones a los derechos colectivos de los pueblos al

condicionar el mantenimiento de las estructuras estatales vigentes, en especial a través de la noción

de minoría,

Considerando que para iniciar una nueva etapa en la construcción de la

convivencia y en el entendimiento entre los pueblos y para contribuir, de ésta manera, a construir una

Paz justa y universal, y en consecuencia duradera y para todos, es indispensable definir, de una forma

intrínseca y completa, l os derechos colectivos de los pueblos y marcar pautas para ejercerlos, más allá

de sus situaciones actuales políticas y jurídicas;







Pues lo mismo si van a ser sujetos de derecho.Surprised 
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Rhhevoltaire
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyMar Jul 09, 2013 10:33 am

CortoCortito escribió:
Pues lo mismo Declaración Universal de los Derechos colectivos de los Pueblos viene a identificar a los pueblos como sujetos de derecho, como por otra parte reconoce el derecho internacional, que no tendría sentido sin ese reconocimiento. Pero bueno cualquiera sabe tal vez querían decir otra cosa.
 http://www.ciemen.org/pdf/esp.PDF





Considerando los progresos conseguidos, en particular desde hace dos

cientos años, a partir de la “Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano”, en la toma de

conciencia sobre la igualdad de todas las personas humanas;

Considerando que una de las grandes aportaciones a la comprensión de

esta igualdad ha sido el reconocimiento de la diferencia de los seres humanos por razón de la lengua,

cultura, pertenencia a un pueblo concreto …, como lo proclamó la “Declaración Universal de los

Derechos Humanos proclamada por la ONU en 1.948;

Considerando que los derechos individuales a la igualdad y a la diferencia

sólo pueden realizarse plenamente dentro del marco de los pueblos concretos en relación a uno de

los cuales cada persona se identifica;

Considerando que cada pueblo es el sujeto exclusivo de sus propios

derechos colectivos e inalienables a la igualdad y a la diferencia;

Considerando que la “Carta de la ONU” ha afirmado y reconocido, en su

artículo 1.2 la necesidad de “desarrollar entre las naciones relaciones amistosas fundadas en el

principio de igualdad de los derechos de los pueblos y de sus respectivos derechos a disponer de

ellos mismos”; que otros textos de la ONU, como los diversos “Pactos Internacionales” relativos a los

derechos políticos, sociales, económicos, culturales, etc… precisan más el alcance de los derechos

colectivos; como la “Declaración sobre los derechos de los pueblos indígenas”, nos lleva a interpretar,

para comprender su pleno sentido, todos los derechos individuales a la luz de los derechos colectivos;

Considerando que, en aplicación de estos principios, numerosos pueblos

pueden no tan solo ejercer su derecho a la autodeterminación y tomar en sus manos la soberanía y la

independencia que les corresponde, sinó también pueden profundizar en su cohesión interna y en su

solidaridad con los otros pueblos;

Constatando, a pesar de todo, que los derechos colectivos así afirmados no

han podido ser todavía reconocidos y llevados a la práctica en el conjunto de los pueblos, y que

perduran sobre el planeta conflictos y enfrentamientos derivados de la negación y de la limitación en el

ejercicio de estos derechos;

Constatando que las mencionadas situaciones tienen efectos jurídicos y

políticos en la organización de la sociedad humana que institucionalizan, en el derecho internacional,

desigualdades y discriminaciones entre los pueblos, y que esta organización se encuentra,

esencialmente, a la merced de los poderes estatales constituidos y de los organismos que ellos crean

y controlan;

Considerando que los Estados constituidos monopolizan las relaciones

entre los pueblos, otorgándose el poder de fijarles niveles de participación en la vida internacional, a

pesar de que los pueblos sean los únicos sujetos y fuente de derechos de en todas las dimensiones

colectivas;

Considerando que para asegurar y mantener su dominio sobre áreas

geográficas determinadas y conservar su monopolio de decisión en las relaciones internacionales, los

poderes estatales constituidos imponen modelos institucionales que confunden la ciudadanía y la

nacionalidad, y se permiten, de esta manera, sea vetar la existencia de los pueblos sea someterlos,

con diversos estatutos jurídicos (que llevan nombres como autonomía, regionalización,

descentralización y otros) a limitaciones de soberanía o a situaciones de dependencia;

Constatando que, éstos últimos años, la sociedad civil ha elaborado diversas

propuestas para promover el reconocimiento de los derechos de los pueblos, en particular desde la

proclamación de la “Declaración de los Derechos de los Pueblos” publicada en Alger en 1.976;

Constatando, asimismo, que las diversas iniciativas hechas en esta

dirección acostumbran a admitir, todavía, restricciones a los derechos colectivos de los pueblos al

condicionar el mantenimiento de las estructuras estatales vigentes, en especial a través de la noción

de minoría,

Considerando que para iniciar una nueva etapa en la construcción de la

convivencia y en el entendimiento entre los pueblos y para contribuir, de ésta manera, a construir una

Paz justa y universal, y en consecuencia duradera y para todos, es indispensable definir, de una forma

intrínseca y completa, l os derechos colectivos de los pueblos y marcar pautas para ejercerlos, más allá

de sus situaciones actuales políticas y jurídicas;







Pues lo mismo si van a ser sujetos de derecho.Surprised 

 Pues si, es la unica forma democratica de reconocer una nacion. Esta claro que no es un derecho que conviene al estado...
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyMar Jul 09, 2013 5:29 pm

Ja,ja
muchos piensan que la ONU es de donde saldrá el gran hermano,pero cuando
les conviene la citan.

Razz
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyMar Jul 09, 2013 5:41 pm

Ronaldo512 escribió:
Ja,ja
muchos piensan que la ONU es de donde saldrá el gran hermano,pero cuando
les conviene la citan.

Razz

 Ya se que es mucho pedir y conozco la respuesta de antemano pero por probar que no quede ¿ sería posible que explicaras un poco el sentido de este post ? La verdad me pica mucho la curiosidad.
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Ronaldo512
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyMar Jul 09, 2013 6:29 pm

Bravo!

es mucho pedir.

En EU eso de la ONU siempre causa recelos.

Se usa a la ONU cuando conviene.

A la hora de tomar decisiones se piensa que EU no tiene que pedir permiso a nadie.

En cuanto a el post es lo que es.
Me pareció que Rhhevoltaire defendía a la ONU.
Algo extraño para alguien que ve conspiraciones en todo.

EH me apunto un post mas.
No le estoy contestando a nadie.ja,ja.

Si le interrumpí el sueño o alguna necesidad fisiológica a alguien mis disculpas.

No era mi intención , casi siempre escribo para mi mismo.

Me tapo y esquivo,ja,ja.
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CortoCortito
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyMar Jul 09, 2013 9:32 pm

Enormemente agradecido, pero no entiendo la referencia a EEUU y la ONU cuando de lo que se trata es de la personalidad jurídica de los paises. Será el calor que no me deja pensar.
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Ronaldo512
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 EmptyMiér Jul 10, 2013 1:41 am

Ahhhhhhhhhhhhh!

Lo mismo me paso a mi.

Estaba leyendo de la libertad de Otegi y de momento era algo de la ONU.

Tampoco entiendo la referencia, pero realmente no importa.
Prendo el aire acondicionado,ja,ja.
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MensajeTema: Re: Libertad para Otegi.   Libertad para Otegi. - Página 4 Empty

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